La Justicia Volvió a Declarar que Retenerle Ganancias a Jubilados es Inconstitucional
La Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social declaró la inconstitucionalidad del art. 79 inc. c) de la ley 20.628 de impuesto a las ganancias, que grava como ganancias de cuarta categoría a las provenientes de las jubilaciones, pensiones, retiros o subsidios de cualquier especie “en cuanto tengan su origen en el trabajo personal y en la medida que hayan estado sujeto al pago del impuesto, y de los consejeros de las sociedades cooperativas”.