Blog del Contador Planes de Suscripción


Empleados de Comercio. CCT 130/75. Acuerdo del 28/5/2019. Escala Salarial Desde 9/19, 11/19, 1/20 y 3/20. Asignación No Remunerativa. Cláusula de Revisión.

La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) ha arribado a un nuevo acuerdo salarial con las cámaras empresarias del sector CAME, CAC y UDECA correspondiente a todos los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 130/75 y el cual tendrá vigencia desde el 1 de Mayo de 2019 al 31 de Marzo de 2020.


La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) ha arribado a un nuevo acuerdo salarial con las cámaras empresarias del sector CAME, CAC y UDECA correspondiente a todos los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 130/75 y el cual tendrá vigencia desde el 1 de Mayo de 2019 al 31 de Marzo de 2020.

El acuerdo contempla una recomposición salarial del 30% respecto a los salarios del mes de marzo/2019 en seis tramos no acumulativos según el siguiente detalle:

  • 4,5% no remunerativo a partir del 1 de mayo de 2019
  • 4,5% no remunerativo a partir del 1 de julio de 2019
  • 4,5% remunerativo a partir del 1 de septiembre de 2019
  • 4,5% remunerativo a partir del 1 de noviembre de 2019
  • 4,5% remunerativo a partir del 1 de enero de 2020
  • 4,5% remunerativo y 3% no remunerativo a partir del 1 de marzo de 2020

Como es habitual, se pactó una retención de $100 mensuales del salario de los trabajadores destinados a OSECAC.

El acuerdo tiene vigencia hasta el 31 de marzo de 2020. No obstante, las partes se comprometieron a reunirse en el mes de enero de 2020 para analizar las variaciones económicas que podrían afectar lo pactado.

Se acordó la implementación inmediata (tendrá operatividad tres días después de la homologación) de la nueva alícuota del aporte al sistema de retiro complementario, La Estrella, reduciéndose la misma del 3,5% al 2,5%. Se estableció que a partir del 1ero de enero del 2019 tiene vigencia la mencionada alícuota del 2,5%, pactándose que dentro de los diez días de homologado el presente acuerdo se instrumentará la devolución y /o compensación de los aportes oblados en más a partir de aquella fecha.

Te puede interesar:   Acuerdo salarial para empleados de comercio: se firmó el aumento para noviembre y diciembre

Acuerdo 28/5/2019 Salarial (Homologado)

Acuerdo 28/5/2019 Salarial (No Vigente)

Acuerdo 23/5/2019 La Estrella

Detalle No Remunerativos

Escala Salarial 9/2019

Blog del Contador Planes de Suscripción


Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Scroll al inicio
×