Bancarios. Empleados. ABA, ADEBA, ABE, ABAPPRA. CCT N° 18/75. Acuerdo 2018. Nuevas Escalas Salariales Desde Enero/18 y Mayo/18.

La Asociación Bancaria (Sociedad Empleados de Bancos) dio a conocer los detalles del nuevo acuerdo firmado entre el sector gremial y las cámaras empresarias de la actividad correspondiente a todos los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 18/75 y el cual tendrá vigencia desde el 1 de Enero de 2018 y hasta el 31 de Diciembre de 2018.


La Asociación Bancaria (Sociedad Empleados de Bancos) dio a conocer los detalles del nuevo acuerdo firmado entre el sector gremial y las cámaras empresarias de la actividad correspondiente a todos los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 18/75 y el cual tendrá vigencia desde el 1 de Enero de 2018 y hasta el 31 de Diciembre de 2018.

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a) Incremento Salarial: se estableció un aumento remunerativo y no acumulativo del 15% sobre los salarios básicos conformados al mes de Diciembre/2017 a abonarse de la siguiente manera:

 – 10 % a partir del mes de Enero de 2018,

 – 5% a partir del mes de Mayo de 2018.

Bajo Acuerdo de Julio 2018 se pactó un incremento adicional del 5% a partir del mes de julio y hasta el mes de diciembre de 2018. Ver acuerdo y nuevas escalas salariales.

b) Asignación No Remunerativa Día del Bancario: se establece el pago de una compensación extraordinaria no remunerativa de $ 22.909,40.- A dicha suma se le adicionará el resultante de multiplicar $ 3.035,32.- por el coeficiente salarial de cada categoría. El pago deberá ser efectuado antes del 6 de noviembre del corriente año.

c) Pago Retroactivo: se establece que el pago de las sumas retroactivas serán abonadas dentro de los quince días de la firma del presente acuerdo (27/4/2018).

d) Aporte Solidario: se fija un aporte solidario a cargo de los trabajadores no afiliados a La Bancaria equivalente al 0,5% de las remuneraciones mensuales a partir del 1/4/2018.

e) Cláusula de Revisión: las partes acuerdan reunirse para acordar e implementar los ajustes necesarios en caso de pérdida del poder adquisitivo del presente incremento salarial.

f) Contribución Patronal Voluntaria: Las partes acuerdan establecer una contribución voluntaria extraordinaria del 0,80% (cero coma ochenta por ciento) que se calculara mensualmente sobre las remuneraciones totales, mensuales, brutas, normales y habituales, incluido SAC, que perciban todos los trabajadores bancarios. La presente contribución voluntaria extraordinaria tendrá vigencia desde el 1° de Enero de 2018.

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[restab title=»ESCALAS SALARIALES»]

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[restab title=»HOMOLOGACION»]

El presente acuerdo ha sido homologado mediante Resolución N° 338/18 de la Secretaría de Trabajo de la Nación con fecha 11 de julio de 2018.[/restab]

[restab title=»TOPES»]

El presente acuerdo aún no cuenta con topes indemnizatorios.[/restab][/restabs]

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