Paritarias 2018. Camioneros. CCT 40/89. Acuerdo Con Aumento Del 23,2% + Cláusula de Revisión. Nuevas Escalas Salariales Desde Julio/18, Noviembre/18 y Marzo/19.

La Federación Nacional de Trabajadores Camioneros y Obreros del Transporte Automotor de Cargas, Logística y Servicios de la República Argentina dio a conocer los detalles del nuevo acuerdo firmado con la Federación Argentina De Entidades Empresarias Del Autotransporte De Cargas (FADEEAC) correspondiente a todos los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 40/89 y el cual tendrá vigencia desde el 1 de Julio de 2018 hasta el 30 de Junio de 2018.


La Federación Nacional de Trabajadores Camioneros y Obreros del Transporte Automotor de Cargas, Logística y Servicios de la República Argentina dio a conocer los detalles del nuevo acuerdo firmado con la Federación Argentina De Entidades Empresarias Del Autotransporte De Cargas (FADEEAC) correspondiente a todos los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 40/89 y el cual tendrá vigencia desde el 1 de Julio de 2018 hasta el 30 de Junio de 2018.

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a) Incremento Salarial: se establece un aumento del 23,2% remunerativo y acumulativo a abonarse en tres tramos según el siguiente detalle:

– 8% sobre los salarios básicos al 30 de junio de 2018 a partir de Julio/18,

– 7,6% sobre los salarios básicos al 31 de octubre de 2018 a partir de Noviembre/18,

– 7,6% sobre los salarios básicos al 28 de febrero de 2019 a partir de Marzo/19.

Nota: ver nuevas escalas salariales desde 11/2018, 3/2019 y 5/2019 según acuerdo octubre/2018.

b) Cláusula de Revisión: las partes acuerdan que en el caso que la inflación hasta el mes de marzo de 2019 superen los porcentajes que fueran convenidos hasta ese momento se reunirán para analizar la situación que de ello derive y la eventual revisión del presente acuerdo.

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[restab title=»ACUERDO»]

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[restab title=»ESCALAS SALARIALES»]

Nota: ver nuevas escalas salariales desde 11/2018, 3/2019 y 5/2019 según acuerdo octubre/2018.

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[restab title=»HOMOLOGACION»]

El presente acuerdo se encuentra homologado mediante Resolución N° 343/18 de la Secretaría de Trabajo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación con fecha 19 de julio de 2018.[/restab]

[restab title=»TOPES»]

El presente acuerdo aún no cuenta con topes indemnizatorios.

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