El nuevo plan “Puente Fiscal” mediante su Resolución General Nº 4099 será el nexo entre los “Planes permanentes” vigentes y un nuevo “Plan Permanente” que entrará en vigencia en los próximos meses.
VIGENCIA (Actualizado según RG 4148 AFIP): Los planes de facilidades de pago que se establecen por esta resolución general podrán presentarse desde el día 1 de agosto de 2017 hasta el día 30 de noviembre de 2017, ambos inclusive.
OBLIGACIONES QUE SE PUEDEN INCLUIR:
a) Deudas vencidas entre los días 1 de junio de 2016 y 31 de mayo de 2017, ambos inclusive.
b) Deudas vencidas hasta el 31 de mayo de 2017, inclusive, correspondiente a responsables que desarrollen como actividad principal la de servicios de salud y/o enseñanza.
c) Deuda proveniente de la reformulación de los planes vigentes implementados por la Resolución General N° 3.827 y sus modificaciones, que comprenda obligaciones con vencimiento dentro del período indicado en el inciso a).
d) Obligaciones que cumpliendo las condiciones previstas en los incisos anteriores hubieran sido incorporadas en planes de pagos anulados, rechazados o caducos.
Para más información acerca del régimen de facilidades de pago «Puente Fiscal»:
Marco Normativo:
[spoiler title=’DESCARGAR SIMULADOR’ style=’default’ collapse_link=’true’]Presione aquí para descargar el simulador a su PC[/spoiler]