Prórroga vencimiento contribuciones RG 4693: Listados de actividades que pueden obtener el beneficio

indemnizaciones laborales

En el día de hoy se publicó la Resolución General 4693 mediante la cual se crea el servicio “web” denominado “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP” y se prorroga el vencimiento de contribuciones.


Listado de actividades RG 4693

Listado de actividades RG 4693

Se crea el servicio “web” “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP” con beneficios para quienes esté incluidos en el Listado de actividades RG 4693.


En el día de hoy se publicó la Resolución General 4693 mediante la cual se crea el servicio “web” denominado “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP” y se prorroga el vencimiento de contribuciones.

A tal fin, se establece que los empleadores deberán:

a) Registrarse en el servicio “web” “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP” entre los días 9 y 15 de abril de 2020, ambos inclusive.

b) Suministrar entre los días 13 y 15 de abril de 2020, ambos inclusive, aquella información económica relativa a sus actividades que el servicio “web” “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP” requiera, a efectos de poder efectuar las evaluaciones previstas por el artículo 5° del Decreto N° 332/20 y su modificatorio.

Asimismo, se dispone que los sujetos cuya actividad principal se encuentre incluida en el listado de actividades publicado en el sitio “web” institucional (http://www.afip.gob.ar) y hayan cumplido con la obligación de registración, gozarán del beneficio de postergación del vencimiento para el pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino del período devengado marzo de 2020, debiendo realizar el mismo hasta las fechas que, según la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del contribuyente, se detallan a continuación:

TERMINACIÓN CUIT FECHA
0, 1, 2 y 3 16/06/2020
4, 5 y 6 17/06/2020
7, 8 y 9 18/06/2020

Los listados a los que hace referencia el párrafo anterior son los aprobados por el Anexo de la Decisión Administrativa 483/2020 de la Jefatura de Gabinete de Ministros publicada ayer en el Boletín Oficial.

Puede acceder a los listados a continuación:

ANEXO 1 – Actividades afectadas en forma crítica

ANEXO 2 – Actividades que evidencias un menor grado de afectación

Link a la página oficial: http://www.afip.gob.ar/noticias/documentos/listado-de-actividades-afectadas.pdf


Listado de actividades RG 4693, Beneficios DNU 332/2020, Contribuciones Patronales, AFIP

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