La Comisión Nacional de Trabajo Agrario homologó el pago de la asignación no remunerativa por única vez de $50.000.- para trabajadores rurales a través de la Resolución 230/2022 no publicada aún en el Boletín Oficial.
La mencionada norma establece una asignación extraordinaria de carácter no remunerativo la cual se fija en la suma de hasta $ 26.000.- adicionándose la misma a la asignación extraordinaria de carácter no remunerativo de hasta $ 24.000.- establecida por el Decreto N° 841/2022.
De este modo se termina conformando una asignación no remunerativa total de hasta $ 50.000.- para los trabajadores y las trabajadoras comprendidos en el marco del Régimen de Trabajo Agrario instituido por la Ley N° 26.727.
Asimismo, se prevé que cuando la prestación de servicios fuere inferior a la jornada legal a convencional, los trabajadores y las trabajadoras percibirán la asignación no remunerativa, en forma proporcional conforme lo establecido por la Ley N° 26.727.
La asignación no remunerativa dispuesta por la resolución 230 se aplicará a los trabajadores y las trabajadoras que perciben salarios que sean menores o iguales a $159.859.- o el monto proporcional en el caso de que la prestación de servicios del trabajador o de la trabajadora fuere inferior a la jornada legal ó convencional. El monto del salario se determina incluyendo conceptos remunerativos y no remunerativos correspondientes al devengado en el mes de diciembre de 2022, con exclusión del medio Salario Anual Complementario y el beneficio instituido por el Decreto N° 841/2022.
Los trabajadores y las trabajadoras que perciben salarios netos, incluyendo conceptos remunerativos y no remunerativos correspondientes al devengado en el mes de diciembre de 2022, excluyendo el medio Salario Anual Complementario y el beneficio instituido por el Decreto N° 841/2022, superiores a $159.859.- e inferiores a $185.859.-, percibirán la diferencia entre el salario así determinado y el tope establecido.
Finalmente, se estipula que en caso de haberse otorgado asignaciones de carácter no remunerativo en el mes de Diciembre de 2022, adicionales al beneficio instituido por el Decreto N° 841/2022 la asignación no remunerativa podrá ser absorbida hasta su concurrencia.
El bono se incluye en las remuneraciones de la ART? o va por fuera como el Dto 841/22?
Muchas gracias