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[restab title=»SUMARIO» active=»active»]
Estado de la Norma: Vigente
Fecha: 1/10/2018
B.O. (Entre Ríos)
Vigencia y Aplicación: a partir del 1/10/2018
Organismo Emisor: Administradora Tributaria de Entre Ríos.
Cantidad de Artículos: 3
Anexos: 1[/restab]
[restab title=»RELACIONADAS»]
[spoiler title=’MODIFICA A’ style=’default’ collapse_link=’true’]
Resolución N° 351/16 DGR (Entre Ríos)
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[restab title=»FUNDAMENTOS»]
VISTO:
La Resolución N° 351/16 ATER; y
CONSIDERANDO:
Que la citada Resolución establece un Régimen de Retención del Impuesto sobre los ingresos Brutos para los sujetos que presten servicios de gestión de pagos y cobro mediante plataformas de comercio electrónico en línea; y
Que es necesario actualizar la nómina de Agentes de Retención enunciados en el Anexo I; y
Que tomado intervención el Departamento Legislación y analizados los fundamentos expuestos, considera que no existen objeciones legales que formular, opinión compartida con la Dirección de Asuntos Jurídicos; y
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 10091 y el Código Fiscal (t.o. 2014); y
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[restab title=»RESUELVE»]
Art. 1 – Derógase el inciso e) de los artículos 4 y 5 de la resolución (ATER) 351/2016.
Art. 2 – Sustitúyese el Anexo I de la resolución (ATER) 351/2016, por el Anexo I que forma parte integrante de la presente resolución.
Art. 3 – De forma.
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[restab title=»ANEXO»]
ANEXO I
NÓMINA DE AGENTES DE RETENCIÓN – RESOLUCIÓN (ATER) 351/2016
CUIT |
Denominación |
30703088534 |
Mercado Libre SRL |
30709186295 |
Compañía de Medios Digitales (CMD) |
30708743514 |
E-payments SA |
30714600288 |
Botón de Pago SA |
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