Resolución 422/18 SECT#MT ✔ Homologación. Farmacias. Empleados FATFA. CCT 659/13. Acuerdos del 25/11/2015 y 12/10/2016. Asignación Extraordinaria No Remunerativa. Interpretación de Ciertos Artículos del CCT.

Se declara homologado el Acuerdo celebrado entre la Federación Argentina de Trabajadores de Farmacia (FATFA), por la parte sindical y la Federación Argentina de Cámaras de Farmacia (FACAF) y la Confederación Farmacéutica Argentina (COFA), por la parte empleadora; mediante el cual se establecen las nuevas condiciones económicas para los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 659/13, entre otros beneficios, con vigencia desde diciembre de 2016.


Sumario: Se declara homologado el Acuerdo celebrado entre la Federación Argentina de Trabajadores de Farmacia (FATFA), por la parte sindical y la Federación Argentina de Cámaras de Farmacia (FACAF) y la Confederación Farmacéutica Argentina (COFA), por la parte empleadora; mediante el cual se establecen las nuevas condiciones económicas para los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 659/13, entre otros beneficios, con vigencia desde diciembre de 2016.





Estado de la Norma: Vigente

Fecha: 6/8/2018

B.O. 13/12/2018

Vigencia y Aplicación: a partir del 6/8/2018

Organismo Emisor: Secretaría de Trabajo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación

Cantidad de Artículos: 6

Anexos: 1


Art. 1 – Declárase homologado el acuerdo celebrado por la Federación Argentina de Trabajadores de Farmacia (FATFA), por la parte sindical y la Federación Argentina de Cámaras de Farmacia (FACAF) y la Confederación Farmacéutica Argentina (COFA) por el sector empleador, obrante a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.740.353/16 agregado a fojas 53 al principal, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Art. 2 – Declárase homologado el Acta de Resolución de la Comisión Paritaria de Interpretación integrada conforme lo dispuesto en el Artículo 51 del Convenio Colectivo de Trabajo N° 659/13, celebrado por la Federación Argentina de Trabajadores de Farmacia (FATFA), por la parte sindical y la Federación Argentina de Cámaras de Farmacia (FACAF) y la Confederación Farmacéutica Argentina (COFA) por el sector empleador, obrante a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.702.162/15, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Art. 3 – Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a los fines del registro del acuerdo obrante a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.740.353/16 agregado a fojas 53 al principal y el Acta de Resolución de la Comisión Paritaria de Interpretación que luce a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.702.162/15.

Art. 4 – Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente procédase a la guarda del presente legajo, conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 659/13.

Art. 5 – Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Art. 6 – De forma.


REGISTRACIÓN

Fecha: 22/10/2018

Referencia: Expediente N°: 1702162/15

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCIÓN SECT N° 422/18 (RESOL-2018-422-APNSECT#MT) se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.740.353/16 agregado a fojas 53 al principal y el Acta de Resolución de la Comisión Paritaria de Interpretación que luce a fojas 2/3 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 321/18 y 322/18 Respectivamente.-


ANEXOS


Descargar PDFAcuerdo 321/18


Descargar PDFAcuerdo 322/18





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