Sumario: Se declara homologado el Acuerdo celebrado entre la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina (UOCRA), por el sector gremial, y la Cámara Argentina de la Construcción (CAMARCO) y la Federación Argentina de Entidades de la Construcción, por el sector empleador; mediante el cual se establecen las nuevas condiciones económicas para los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 76/75 y 577/10, entre otros beneficios, con vigencia desde el 1° de noviembre de 2018.
Estado de la Norma: Vigente
Fecha: 12/12/2018
B.O.
Vigencia y Aplicación: a partir del 12/12/2018
Organismo Emisor: Secretaría de Trabajo del Ministerio de Producción y Trabajo de la Nación
Cantidad de Artículos: 5
Anexos: 1
Art. 1 – Declárase homologado el Acuerdo de fecha 27 de noviembre de 2018, obrante en el número de orden 2, celebrado en el EX-2018-62496696-APN-DGDMT#MPYT entre la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina (UOCRA), por el sector gremial, y la Cámara Argentina de la Construcción (CAMARCO) y la Federación Argentina de Entidades de la Construcción, por el sector empleador, conforme a lo dispuesto en la ley 14250 de negociación colectiva (t.o. 2004).
Art. 2 – Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo de fecha 27 de noviembre, obrante en el número de orden 2, celebrado en el EX-2018-62496696-APN-DGDMT#MPYT.
Art. 3 – Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo, conjuntamente con el convenio colectivo de trabajo 76/1975 y 577/2010.
Art. 4 – Hágase saber que en el supuesto de que este Ministerio de Producción y Trabajo, no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el artículo 5 de la ley 14250 (t.o. 2004).
Art. 5 – De forma.
REGISTRACIÓN
Fecha:
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