[spoiler title=’RESUMEN’ style=’blue’ collapse_link=’true’]
Síntesis: Declaración Jurada. Vencimiento.
B.O. 15/09/2017
Vigencia y Aplicación: 15/09/2017
Complementa a:
- Resolución General N° 23/16 COMARB[/spoiler]
Buenos Aires, 06/09/2017
[spoiler title=’VISTO:’ style=’blue’ collapse_link=’true’]
La Resolución General N° 23/2016, en la que se establecen las fechas de vencimiento para la presentación y pago de las declaraciones juradas decenales referidas al Régimen de Recaudación y Control sobre Acreditaciones Bancarias (SIRCREB) del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, aplicable sobre los importes que sean acreditados en cuentas abiertas en las entidades financieras; y,[/spoiler]
[spoiler title=’CONSIDERANDO:’ style=’blue’ collapse_link=’true’]
Que la declaración jurada correspondiente al tramo 1 (que incluye la recaudación del día 1/10/2017 al 10/10/2017) del mes de octubre tiene como vencimiento de presentación el día 16 y fecha de pago el día 17 de octubre.
Que por Decreto N° 52/2017 del Poder Ejecutivo Nacional, se ha trasladado al día 16 de octubre el feriado del día 12 de octubre en conmemoración al “Día del Respeto a la Diversidad Cultural”, por lo que es necesario fijar el corrimiento de estos vencimientos.[/spoiler]
Por ello,
LA COMISIÓN ARBITRAL (CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77)
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Establecer el vencimiento de presentación de la declaración jurada correspondiente al tramo 1 (que incluye la recaudación del día 01/10/2017 al 10/10/2017) del mes de octubre de 2017 el día 17/10/2017 y establecer la fecha de pago el día 18/10/2017.
ARTÍCULO 2°.- Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación, notifíquese a las jurisdicciones adheridas y archívese. — Roberto José Arias, Presidente. — Fernando Mauricio Biale, Secretario.
Fecha de publicación 15/09/2017