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Resolución Normativa ARBA N° 38/13. Regímenes de Regularización de Deudas. Extensión de la Vigencia Hasta el 31 de Diciembre de 2013.

Se extienden, hasta el 31 de diciembre de 2013, la vigencia de los siguientes regímenes de regularización de deudas:


Se extienden, hasta el 31 de diciembre de 2013, la vigencia de los siguientes regímenes de regularización de deudas:

* Resolución Normativa Nº 8/13: régimen para la regularización de deudas en instancia de ejecución judicial, provenientes de los Impuestos Inmobiliario, a los Automotores, sobre los Ingresos Brutos y de Sellos.

* Resolución Normativa Nº 9/13: régimen para la regularización de deudas provenientes de los Impuestos Inmobiliario, a los Automotores, sobre los Ingresos Brutos y de Sellos, que no se encuentren en proceso de ejecución judicial, ni en instancia de fiscalización, de determinación o de discusión administrativa, vencida o devengada entre el 1º de enero de 2012 y el 31 de diciembre de 2012, como asimismo para la regularización de deudas de agentes de recaudación, provenientes de los Impuestos sobre los Ingresos Brutos y de Sellos, relativas a retenciones y/o percepciones no efectuadas, devengadas entre el 1º de enero de 2012 y el 31 de diciembre de 2012.

* Resolución Normativa Nº 10/13: régimen para la regularización de deudas provenientes de los Impuestos sobre los Ingresos Brutos y de Sellos, sometida a proceso de fiscalización, de determinación, o en discusión administrativa, aún las que se encuentren firmes y hasta el inicio de las acciones judiciales respectivas.

* Resolución Normativa Nº 11/13: régimen para la regularización de las deudas correspondientes a los agentes de recaudación, provenientes de retenciones y/o percepciones no efectuadas, en relación a los Impuestos sobre los Ingresos Brutos y de Sellos.

* Resolución Normativa Nº 12/13: régimen para la regularización de deudas provenientes de los Impuestos Inmobiliario, a los Automotores, sobre los Ingresos Brutos y de Sellos, que no se encuentren en proceso de ejecución judicial, ni en instancia de fiscalización, de determinación o de discusión administrativa.

TEXTO COMPLETO: Resolución Normativa ARBA N° 38-2013

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