RG 843/20 CNV Obligaciones negociables. Liquidación de operaciones en el mercado local con liquidación en moneda extranjera. Restricciones.

RG 843/20 CNV

Obligaciones negociables. Liquidación de operaciones en el mercado local con liquidación en moneda extranjera. Restricciones.

RG 843/20 CNV Obligaciones negociables. Liquidación de operaciones en el mercado local con liquidación en moneda extranjera. Restricciones.


SUMARIO 

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Se establece que los valores negociables acreditados en el Agente Depositario Central de Valores Negociables (ADCVN), provenientes de entidades depositarias del exterior, no podrán ser aplicados a la liquidación de operaciones en el mercado local con liquidación en moneda extranjera hasta tanto hayan transcurrido cinco (5) días hábiles desde la citada acreditación en la/s subcuenta/s en el mencionado custodio local.


ANÁLISIS

Estado de la Norma: Vigente

Fecha: 19/6/2020

B.O. 22/6/2020 

Vigencia y Aplicación: desde el 22/6/2020 (según art. 2°)

Organismo Emisor: Comisión Nacional de Valores

Cantidad de Artículos: 3

Anexos: –


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RG 843/20 CNV, Comisión Nacional de Valores, Mercado de Capitales, Normas de la CNV

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