Dicha fórmula tiene como antecedente directo la establecida por la Ley N° 26.417 que estuvo vigente desde 2008 hasta su derogación en 2017.
El proyecto es resultado de un trabajo conjunto entre el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, la Anses y el Ministerio de Economía.
Dicha fórmula tiene como antecedente directo la establecida por la Ley N° 26.417 que estuvo vigente desde 2008 hasta su derogación en 2017 y sus elementos constitutivos básicos, los salarios y la recaudación (en un 50% cada uno), han sido validados por los y las especialistas, nacionales e internacionales, convocados a exponer en la Comisión por la totalidad de bloques parlamentarios participantes con absoluta pluralidad política.
COMPARACIÓN DE FÓRMULAS
ANTECEDENTES
Fórmula |
Periodicidad |
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Ley 26.417 (2008) |
A= 0,5Xrt + 0,5xW si A≤B B= 1,03 x R si A>B |
Semestral |
Ley 27.426 (2017) |
0,70xIPC Nacional + 0,30xRIPTE |
Trimestral |
PROPUESTA
Fórmula |
Periodicidad |
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Nueva fórmula de movilidad |
Movilidad en marzo: mm = 0,5xRTm + 0,5xWm
Movilidad septiembre – ms: a= 0,5xRTs + 0,5xWs si a≤b b= (1+ (1,03 x R)/(1+mm))-1 si a>b |
Semestral |
La fórmula que se propone es sustancialmente la misma a la sancionada en el año 2008 y que resultó en una mejora sostenida en el poder adquisitivo de los jubilados y jubiladas hasta el año 2015.
En igual sentido se espera que la fórmula que se propone y que deberá comenzar a regir en el año 2021, a diferencia de la sancionada en 2017, generará un incremento del poder adquisitivo de los haberes; gracias al aumento del salario real y de los recursos de ANSES.
Una fórmula atada a la inflación no es deseable en la Argentina. Porque los ingresos de las jubiladas y los jubilados han perdido poder adquisitivo y el objetivo político es recomponer esos ingresos. En diversos países, las fórmulas de movilidad se basan en inflación siendo que los precios en esos países crecen menos que los salarios, lo cual quiere decir que no hay un objetivo de recuperación real de los ingresos. Además, los niveles promedio y las variaciones de la inflación en esos países son mucho más bajos que los que se observan hace lustros en Argentina, lo cual les permite dar cierta previsibilidad al gasto previsional.
Una fórmula que incorpora a los salarios, implica que el ingreso de los pasivos acompañe al de los activos. Por ese motivo, en el marco de la Comisión Bicameral mencionada, la posición de la mayor parte de los especialistas es que la evolución de los salarios debe ser parte de la fórmula de movilidad. Es importante notar que los fallos de la Corte Suprema respaldan esta posición.
Incluir la recaudación en la fórmula permite compartir el crecimiento y, al mismo tiempo, cuidar la sustentabilidad fiscal. La fórmula de movilidad permitirá reducir el actual déficit previsional, dado que, si bien el salario real aumenta junto con el crecimiento económico, lo hace menos que los recursos tributarios. En este aspecto, lo importante es lograr la sustentabilidad a largo plazo del sistema, en el marco de una trayectoria fiscal que permita ganar espacio de política para ir generando más y mejores políticas redistributivas.
Se recupera el tope a los aumentos anuales, que no podrán ser superiores al crecimiento de los recursos totales de ANSES (multiplicado por 1,03). Este tope estuvo vigente entre 2009 y 2017 y es clave para garantizar la sustentabilidad del sistema de seguridad social, evitando que los gastos crezcan sistemáticamente más que los recursos y el déficit previsional crezca sin control (como sucedió entre 2016 y 2019). Esta condición de sustentabilidad había sido eliminada con la reforma del 2017.
Se incorpora una cláusula de “legislación constante” que establece que los cambios en la política tributaria o en las condiciones de acceso a los beneficios no tendrán efecto en la movilidad. Esta cláusula permitirá reducir el déficit previsional en forma más efectiva y rápida que sin ella y además protege a los jubilados y pensionados de los cambios legislativos que afectan de un año a otro en forma sustancial la evolución de las variables que componen la fórmula.
¿Por qué semestral vs. trimestral? La fórmula planteada es similar a la del 2008 en términos de que permite, a diferencia de la sancionada en 2017, achicar el “rezago” mientras que a la vez se reduce la indexación de la economía. Hacer ajustes semestrales con un rezago mínimo, disminuye la volatilidad y reduce la pérdida de poder adquisitivo ante shocks inflacionarios como los observados en 2018 y 2019.
Entre los indicadores vinculados con la evolución salarial, el RIPTE es el más adecuado. Se trata de un índice transparente que no ha sido objetado judicial ni políticamente. Se construye sobre la base de registros, de trabajadores formales y sobre remuneraciones ciertas. En cambio, las mediciones del INDEC (que son muy útiles a otros efectos porque captan la evolución de los salarios del sector informal) se basan en encuestas que incluyen trabajo informal.
Con la nueva Ley de Movilidad buscamos el consenso entre todas las fuerzas políticas y también recoger el jugoso y extenso debate que se ha producido a lo largo de estos meses en la Comisión Bicameral. La reglamentación e implementación de esta ley recaerá en el Ministerio de Trabajo, el Ministerio de Economía y en la ANSES.
La fórmula de movilidad debe contribuir a la estabilidad macroeconómica, en términos de la recuperación real y en su efecto positivo sobre la demanda, sin convertirse en un elemento desestabilizante.
La fórmula de Movilidad debe ser leída como parte de nuestro programa macroeconómico. En todos estos meses, y en el marco de una situación compleja en el mercado cambiario, la discusión sobre el nivel y asignación del gasto pública ocupa un lugar relevante en el escenario político. Por tal razón, el pretendido cambio de fórmula jubilatoria tiene que partir de un consenso político amplio que le garantice su sostenibilidad en el tiempo.
De la reunión, encabezada por el ministro de Economía, Martín Guzmán, participaron por el Poder Ejecutivo, el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; el ministro de Trabajo; Claudio Moroni; la titular de la Anses, Fernanda Raverta, y la vicejefa de Gabinete, Cecilia Todesca.
Por el poder legislativo estuvieron presentes el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa; el titular del bloque del FdT, Máximo Kirchner; y su par del Senado, José Mayans; el presidente de la Comisión de Previsión y Seguridad Social de Diputados, Marcelo Casaretto; su colega del Senado, Daniel Lovera; el presidente la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara baja, Carlos Heller, y su par en el Senado, Carlos Caserio.
Fuente: Prensa Ministerio de Economía