Ingresos Brutos

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Resolución General 17/17 COMARB: Se Establece el Calendario de Vencimientos 2018 para los Agentes de Retención y Percepción Incluidos en el SIRCAR.

[restabs alignment=»osc-tabs-center» pills=»nav-pills» responsive=»true» icon=»true» text=»Más»] [restab title=»SUMARIO» active=»active»] Resumen: Establécese el calendario de vencimientos que se detalla en el Anexo de la presente, para la presentación de declaraciones juradas y pago por parte de los agentes de retención y percepción del impuesto sobre los ingresos brutos incluidos en el SIRCAR, durante el ejercicio fiscal […]

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Resolución General 16/17 COMARB: Se Establece el Calendario de Vencimientos 2018 Para las Presentaciones y Pago de las Declaraciones Juradas del Convenio Multilateral.

Establécese para el período fiscal 2018, las fechas de vencimiento para la presentación mensual de la declaración jurada —Formularios CM03 y CM04— y pago del impuesto sobre los ingresos brutos correspondiente a contribuyentes comprendidos en el Convenio Multilateral. Establécese que el vencimiento para la presentación anual de la declaración jurada —Formulario CM05— correspondiente al período fiscal 2017 operará el día 29 de junio de 2018.

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Resolución General 13/17 COMARB: Se Establece el Procedimiento Para la Conversión de Actividades por Parte de los Contribuyentes de Convenio Multilateral según el Nuevo Nomenclador de Actividades Económicas del Sistema Federal de Recaudación (NAES)

Establecer la conversión de los códigos de actividades de los contribuyentes de Convenio Multilateral que se encuentren activos en el sistema Padrón Web al momento de dicha conversión, mediante el procedimiento descripto en la presente.

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Resolución General 14/17 COMARB: Se Establecen Criterios para la Atribución de los Ingresos Brutos Provenientes de Operaciones por Medios Electrónicos

Se establecen criterios para la atribución de los ingresos brutos al domicilio del adquirente, provenientes de las operaciones a que hace referencia el último párrafo del artículo 1° del Convenio Multilateral y el art. 1° de la Resolución General (C.A.) N° 83/2002, según lo previsto en el inciso b) del art. 2° del citado Convenio.

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