Resolución 27/19 AGIP (CABA) ✔ Ingresos Brutos. Actividades Económicas. Reempadronamiento Obligatorio. Aprobación.
Se establece el reempadronamiento obligatorio de los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos comprendidos en las categorías Locales, Régimen Simplificado y actividades especiales, efectuándose la conversión automática de los códigos de actividad de los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos de las categorías locales, Régimen Simplificado y actividades especiales, de conformidad con la tabla de conversiones entre el “NAES – Nomenclador de actividades económicas del sistema federal de recaudación” y el Nomenclador de actividades económicas para la Ciudad de Buenos Aires (NAECBA), fijada por la Res. A.G.I.P. 13/19.