Textiles (Empleados Rama Textil): Se Homologó el Acuerdo Salarial 2017 con Aumento del 21% en Tres Tramos + Suma No Remunerativa de $ 7.600 en Cuatro Cuotas. Nuevas Escalas Salariales desde Junio, Noviembre y Diciembre 201 (CCT N° 123/90). Disposición 66/17 SSRL.

La Subsecretaría de Relaciones del Trabajo del Ministerio de Trabajo de la Nación homologó el acuerdo paritario entre el Sindicato de Empleados Textiles de la Industria y Afines (SETIA) y la Federación Argentina de Industrias Textiles (FAIT) correspondiente al convenio colectivo de trabajo N° 123/90 que rige para los empleados de la rama textil de todo el país con vigencia desde el 1 de Junio de 2017 hasta el 31 de Mayo de 2018.


La Subsecretaría de Relaciones del Trabajo del Ministerio de Trabajo de la Nación homologó el acuerdo paritario entre el Sindicato de Empleados Textiles de la Industria y Afines (SETIA) y la Federación Argentina de Industrias Textiles (FAIT) correspondiente al convenio colectivo de trabajo N° 123/90 que rige para los empleados de la rama textil de todo el país con vigencia desde el 1 de Junio de 2017 hasta el 31 de Mayo de 2018.

La mencionada homologación fue dispuesta por la Disposición N° 66/17 de la SSRL de fecha 17/07/2017.

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a) Incremento Salarial: se estableció un aumento del 21% sobre los salarios básicos al 31 de Mayo de 2017 a abonarse en tres tramos:

  • 15% en Junio 2017,
  • 4% en Noviembre 2017,
  • 2% en Diciembre 2017.

b) Suma No Remunerativa: se acuerda el pago de una suma no remunerativa de $ 7.600.- a abonarse en cuatro cuotas de $ 1.900.- c/u que se harán efectivos junto con los sueldos de Julio y Octubre 2017 y Enero y Marzo 2018.

c) Modificaciones al CCT: se incorpora como inciso i) del Artículo 29 la Licencia por Hijo Internado y se modifica la escala de la bonificación por antigüedad.

d) Incremento de la Contribución Empresarial: se establece que la contribución empresaria correspondiente al Artículo 34 del convenio se incrementará al 3,5% de las remuneraciones de cada trabajador por el período de vigencia del presente acuerdo.

e) Contribución Especial Extraordinaria: se acuerda que en los meses de Julio y Octubre 2017 y Enero y Marzo 2018 los empleadores contribuirán al sindicato con la suma de $ 180.- por cada trabajador de convenio en concepto de servicios sociales y por otro lado abonarán la suma de $ 60.- por cada trabajador de convenio con destino a programas de capacitación.

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ACUERDO

ESCALA SALARIAL

HOMOLOGACIÓN

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