Trabajo modificó a modalidad virtual la reunión para discutir Salario Mínimo Vital y Móvil

La resolución 2/2024 tiene como objeto principal la rectificación de los Artículos 1º y 3º de la Resolución (MCH) 27/2024, en concordancia con las nuevas disposiciones adoptadas por el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil.


En el día de la fecha, 9 de febrero de 2024, la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, perteneciente al Ministerio de Capital Humano, emitió la Resolución 2/2024, la cual convoca a una sesión plenaria ordinaria del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil.

La resolución tiene como objeto principal la rectificación de los Artículos 1º y 3º de la Resolución (MCH) 27/2024, en concordancia con las nuevas disposiciones adoptadas por el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil.

En consecuencia, se establece que la sesión plenaria ordinaria prevista para el día 15 de febrero de 2024 se llevará a cabo de manera virtual, utilizando una plataforma adecuada para tal fin. Esta modificación se fundamenta en consideraciones operativas que garantizan la continuidad de las actividades del Consejo en el contexto actual.

Por otro lado, se ratifica la Resolución (CNEPSMVM) 1/2024, la cual designa a los integrantes del Consejo del Salario, tanto titulares como suplentes, en representación del sector empleador y del sector trabajador. Esta medida, adoptada en cumplimiento de lo establecido por la normativa vigente, fortalece la representación equitativa y participativa en el ámbito del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil.

Recordamos que el Ministerio de Capital Humano ha convocado mediante Resolución 27/2024 a una sesión plenaria ordinaria del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil.

La reunión está programada para el día 15 de febrero de 2024, a las 15:00 hs y el orden del día establece dos puntos fundamentales a tratar. En primer lugar, se designarán dos consejeros de cada sector para la suscripción del acta, y en segundo lugar, se considerarán los temas elevados al plenario por la Comisión del Salario Mínimo, Vital y Móvil y Prestaciones por Desempleo. Cabe destacar que, conforme a la Ley Nº 24.013 y sus modificatorias, se ha dispuesto una segunda sesión para el mismo día a las 16:30 hs.

Asimismo, se ha convocado a los integrantes de la Comisión del Salario Mínimo, Vital y Móvil y Prestaciones por Desempleo a reunirse el mismo día a partir de las 10:00 hs. La comisión abordará la determinación del salario mínimo, vital y móvil, así como los montos mínimos y máximos de la prestación por desempleo, temas de suma importancia para el bienestar y la protección de los trabajadores.



 

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