La Resolución 90/2024 de la Secretaría de Educación aprueba el Reglamento General del Programa de Asistencia “Vouchers Educativos” definiendo los requisitos para acceder al mismo, el procedimiento de inscripción y la duración de la prestación.
La Secretaría de Educación reglamentó el nuevo programa de asistencia llamado «Vouchers Educativos», según lo establecido en la Resolución 90/2024, publicada el lunes 8 de abril en el Boletín Oficial. Este programa tiene como objetivo brindar apoyo temporal a las familias de bajos recursos cuyos hijos asisten a instituciones educativas públicas de gestión privada.
El reglamento, detallado en la resolución, establece que la asistencia se otorgará a estudiantes de hasta dieciocho años de edad que asistan a instituciones con al menos un 75% de aporte estatal. Los requisitos incluyen ser argentino nativo, naturalizado o extranjero con residencia legal de al menos dos años en el país, y contar con documento nacional de identidad (DNI). Además, el ingreso familiar no debe superar siete salarios mínimos, vitales y móviles.
El proceso de inscripción estará abierto del 3 al 30 de abril de 2024, y se realizará exclusivamente en línea a través de la plataforma «VOUCHERS EDUCATIVOS» disponible en el sitio oficial de la Secretaría de Educación. Los solicitantes deberán completar un formulario de inscripción y proporcionar información veraz, ya que cualquier falsedad podría resultar en la denegación de la asistencia.
Una vez finalizado el período de inscripción, se evaluarán las postulaciones en base a la condición de regularidad del estudiante y la evaluación socioeconómica del ingreso familiar. Aquellos que sean beneficiarios recibirán pagos mensuales gestionados por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), según lo establecido en la resolución.
El reglamento también establece los procedimientos para reclamos, el cese de la prestación en casos específicos y la obligación de las instituciones educativas de certificar la regularidad de los estudiantes.
Claves del Reglamento del Programa «Vouchers Educativos»
El Programa de Asistencia «VOUCHERS EDUCATIVOS» establecido por la Resolución 90/2024 de la Secretaría de Educación tiene como objetivo principal brindar apoyo temporal a familias de bajos recursos cuyos hijos asisten a instituciones educativas públicas de gestión privada con al menos un 75% de aporte estatal. A continuación, se analizan los puntos clave del reglamento en detalle:
1. Objetivo y Alcance del Programa:
El programa busca garantizar el acceso a la educación de calidad para todos los niños y adolescentes, independientemente de su situación socioeconómica. Al centrarse en las instituciones educativas públicas de gestión privada con un alto porcentaje de aporte estatal, busca apoyar a aquellas familias que, a pesar de no contar con los recursos económicos suficientes, optan por este tipo de instituciones para la educación de sus hijos.
2. Requisitos de Elegibilidad:
El reglamento establece criterios claros para determinar quiénes son elegibles para recibir la asistencia. Estos incluyen la edad del estudiante, la condición de regularidad en la institución educativa, la nacionalidad o residencia legal en el país, así como también el nivel de ingreso familiar, el cual no debe ser superior a siete (7) Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM).
Para el cálculo del ingreso familiar se considerará la suma de las remuneraciones brutas de quienes ejerzan la responsabilidad parental que sean trabajadores en relación de dependencia registrados, con exclusión de las horas extras, la asignación familiar por maternidad de cualquier tipo, el plus por zona desfavorable y el sueldo anual complementario; las rentas de referencia de los trabajadores autónomos y monotributistas; los haberes de jubilación y pensión, el monto de la prestación por desempleo y las sumas brutas originadas en prestaciones contributivas y/o no contributivas de cualquier índole.
3. Proceso de Inscripción:
El procedimiento de inscripción se realiza de manera exclusivamente digital a través de la plataforma oficial del programa. Los solicitantes deben proporcionar información veraz y completar un formulario de inscripción dentro de un período de tiempo específico determinado por el reglamento.
El período de inscripción tendrá lugar entre el 3 y el 30 de abril del 2024. La inscripción correspondiente deberá realizarse con el CUIL de alguno de los titulares de la responsabilidad parental del/de los estudiantes.
4. Evaluación de las Postulaciones:
Una vez finalizado el período de inscripción, se procede a evaluar las postulaciones en base a dos aspectos principales: la condición de regularidad del estudiante en la institución educativa y la evaluación socioeconómica del ingreso familiar. Estos criterios permiten identificar a aquellos que tienen una necesidad real de asistencia.
Las instituciones educativas realizarán la validación de la condición regular de los alumnos que hayan sido inscriptos en el Programa a través de la plataforma «VOUCHERS EDUCATIVOS» dentro de los siguientes períodos: del 3 al 18 de abril para quienes se hayan inscripto en ese mismo período, y del 19 de abril al 10 de mayo para quienes se hayan inscripto entre el 19 y el 30 de abril. Una vez finalizado cada período de validación, se remitirá a la ANSES la nómina de estudiantes validados para la evaluación socioeconómica.
La evaluación socioeconómica se realizará a través de la ANSES en función de los ingresos del grupo familiar que se registren en las bases de datos de dicho organismo al momento de la inscripción.
5. Aprobación y Pago de la Prestación:
Una vez finalizado el período de evaluación y obtenidos los resultados, se dictará el acto administrativo de otorgamiento de la asistencia «VOUCHERS EDUCATIVOS».
En los casos en los que la solicitud no resultara aprobada por errores involuntarios registrados al momento de finalizar la inscripción o cuando, finalizado el plazo para hacerlo, los datos educativos de los estudiantes no hubieran sido validados por las instituciones educativas correspondientes, el postulante podrá efectuar el reclamo a través de la plataforma del Programa. Dicho reclamo deberá formularse dentro de los cinco (5) días corridos posteriores a la fecha de publicación del resultado.
Los beneficiarios que cumplen con los requisitos establecidos reciben pagos mensuales gestionados por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), según lo dispuesto en el reglamento. Este pago se realiza en función de la validación de la postulación y los períodos establecidos en el mismo.
Los beneficiarios de la prestación validados por las instituciones educativas hasta el 18 de abril recibirán un pago mensual en los meses de mayo, junio y julio. En cambio, quienes sean validados entre el 19 de abril y el 10 mayo recibirán el primer pago junto con el segundo en junio y el pago restante en el mes de julio.
6. Cese de la Prestación:
El reglamento establece las circunstancias bajo las cuales la prestación otorgada cesará, incluyendo el vencimiento del programa, la muerte del estudiante, la renuncia del titular o la pérdida de la condición de alumno regular. Esta medida garantiza que la asistencia se destine únicamente a quienes cumplen con los requisitos establecidos y la necesitan realmente.
7. Obligaciones de las Instituciones Educativas:
Las instituciones educativas tienen la responsabilidad de certificar la regularidad de los estudiantes según los plazos y procedimientos establecidos en el reglamento. Esta colaboración es fundamental para garantizar la transparencia y eficacia del programa.
8. Protección de Datos Personales:
Se garantiza el tratamiento adecuado de la información personal de los solicitantes de acuerdo con la Ley Nacional de Protección de Datos Personales. Esta disposición protege la privacidad y confidencialidad de los datos de los beneficiarios del programa.