Contribuciones Patronales: AFIP Dio Precisiones Sobre Como Aplicar el Mínimo No Imponible Con la Nueva Versión 41 del SICOSS.
La nueva versión del SICOSS será la V.41 y se encontrará disponible para su descarga a partir del 3 de abril de 2018.
La nueva versión del SICOSS será la V.41 y se encontrará disponible para su descarga a partir del 3 de abril de 2018.
Se dispone incorporar como medio de pago de los honorarios profesionales su cancelación mediante tarjetas de crédito, a fin de facilitar la operatoria a los obligados cuyas cuentas bancarias se encuentren afectadas por un embargo general de fondos y valores, trabado en un juicio de ejecución fiscal, resultando ambos los únicos medios válidos de cancelación.
Se sustituye el Anexo VII de la Resolución General N° 3421 y sus modificatorias.
[restabs alignment=»osc-tabs-center» pills=»nav-pills» responsive=»true» icon=»true» text=»Más»] [restab title=»SUMARIO» active=»active»] Resumen: Se deja sin efecto la Resolución General N° 500, la cual previó la forma, plazo y demás condiciones a observar por los sujetos obligados a practicar la retención sobre los intereses de deudas, a partir de la entrada en vigencia del Título I de la Ley
Se prorroga hasta el día 2 de mayo de 2018, con carácter de excepción, el plazo establecido en el Artículo 8° del Título II de la Resolución General N° 4130, para cumplir con el régimen de información allí previsto, cuando la última Entidad Controlante del Grupo de EMN -Grupo de Entidades Multinacionales- hubiere cerrado su ejercicio fiscal en el mes de diciembre de 2017.
Se estableció un aumento remunerativo en dos tramos según escala salarial adjunta con vigencia desde Marzo y Agosto de 2018.
Se estableció un aumento del 10% remunerativo respecto a los salarios básicos del mes de Diciembre/17.
Los empleados en relación de dependencia y los jubilados a los cuales se les retenga el impuesto a las ganancias de sus sueldos y/o haberes tienen tiempo hasta el próximo 31 de Marzo para presentar ante su empleador, a través del formulario 572 web, las deducciones a computar en la liquidación anual correspondiente al período fiscal
Los mismos se suman a los ya obligados desde fines del año pasado de las categorías más altas del régimen.
El proyecto antes mencionado dispone en su primer título el impulso al financiamiento de las pequeñas y medianas empresas y en su primer artículo establece que en todas las operaciones comerciales en las que una Micro, Pequeña o Mediana Empresa esté obligada a emitir comprobantes electrónicos originales (factura o recibo) a una empresa grande, se deberá emitir «Facturas de Crédito Electrónicas MiPyMEs», en reemplazo de los mencionados comprobantes. Dicho régimen será optativo en las operaciones comerciales entre Micro, Pequeñas o Medianas Empresas.
Se estableció un aumento del 6% respecto a las remuneraciones del mes de Mayo/17 a abonarse en dos tramos: 3% en Marzo y 3% en Abril.
Se establece una reducción del 6% al 1% de la alícuota vigente en el régimen de retención del impuesto al valor agregado aplicable a la compraventa de leche fluida sin procesar de ganado bovino cuando la operación sea realizada entre responsables inscriptos.
Son partes intervinientes en esta convención colectiva de trabajo de actividad el Sindicato de Obreros y Empleados de los Cementerios de la República Argentina (SOECRA), representado por Domingo Petrecca y Salvador Valente, la Federación Argentina de Entidades de Servicio Fúnebre y Afines (FADEDSFYA) representada por Jorge Horacio Bonacorsi y Sergio Arturo Rodríguez Oneto y la Federación Argentina de Asociaciones Funerarias (FADAF), representada por Marisa Verónica Frascarelli y Gerardo Egon Laube.
Se declara homologado el convenio colectivo de trabajo celebrado por el Sindicato Obreros y Empleados de los Cementerios de la República Argentina por la parte sindical, la Federación Argentina de Entidades de Servicios Fúnebres y Afines y la Federación Argentina de Asociaciones Funerarias, por el sector empleador.
El aumento de 12% se pagará en dos tramos de 8 (en abril) y 4 por ciento (en agosto).