La Secretaría de Trabajo y Seguridad Social de la provincia de Entre Ríos dispuso la implementación de dos importantes medidas para la modernización de la gestión laboral: la implementación del Sistema de Presentación y Rúbrica Digital de Documentación Laboral, que se pondrá en marcha el 1 de mayo de 2025, y la obligatoriedad de registrar los horarios de ingreso y egreso del personal en relación de dependencia, vigente a partir del 5 de marzo del corriente.
Ambas medidas buscan modernizar los trámites administrativos y mejorar la fiscalización de los derechos laborales, garantizando mayor eficiencia y transparencia en la gestión pública.
Rúbrica Digital
La Secretaría de Trabajo y Seguridad Social de la provincia de Entre Ríos dispuso la creación del
El Sistema de Presentación y Rúbrica Digital de Documentación Laboral, aprobado por la Resolución 61/2025 (STYSS Entre Ríos), se implementará a través de una plataforma web con operatoria on line y permitirá la digitalización de la presentación de libros y documentos laborales por parte de los empleadores, modernizando y agilizando los trámites administrativos.
La medida entrará en vigencia el 1 de mayo de 2025, con un proceso gradual de implementación. A partir de esa fecha, los empleadores deberán empadronarse en el Registro Digital de Empleadores de Entre Ríos y contar con firma digital certificada. El cronograma de implementación obligatoria será el siguiente:
- Empleadores con 50 o más trabajadores: a partir del 1 de mayo de 2025.
- Empleadores de 10 a 49 trabajadores: a partir del 1 de julio de 2025.
- Empleadores de 4 a 9 trabajadores: a partir del 1 de enero de 2026 (podrán optar voluntariamente por incorporarse al sistema digital antes de esa fecha).
- Empleadores de 1 a 3 trabajadores: exentos de la obligación (podrán optar voluntariamente por incorporarse al sistema digital en cualquier momento).
Los empleadores de 1 a 9 trabajadores que se incorporen voluntariamente al sistema digital de forma previa al plazo de exigibilidad establecido para ellos, no podrán volver a realizar presentaciones en formato papel.
La plataforma digital incluirá la presentación de documentos clave como el Libro Especial de Remuneraciones, la Planilla de Horarios de Trabajo y Descansos del Personal, la Planilla de Contralor de Kilometraje Recorrido y el Registro Único de Personal. A pesar de la implementación digital, los empleadores podrán continuar presentando documentación en formato papel hasta que se disponga lo contrario, según la naturaleza de cada trámite.
Además, la resolución establece que los empleadores deberán contar con firma digital emitida por certificadores habilitados, conforme a la Ley Nacional N° 25.506 y la Ley Provincial N° 10.425. Los empleadores también podrán recibir capacitación para el uso del sistema y se fortalecerán los servicios de la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social para brindar el acceso a la firma digital a través de agentes certificadores móviles.
Registro de horarios de ingreso y egreso del personal
En otra de las medidas adoptadas por la provincia para la modernización de la gestión laboral, la Resolución STYSS 49/2025 establece que todos los empleadores deberán llevar un registro de los horarios de ingreso y egreso del personal. Este registro puede ser manual, semiautomático, computarizado, magnético o biométrico, según el sistema que elija el empleador. La resolución especifica que el registro debe contener datos tanto del empleador como del trabajador, incluyendo las horas extraordinarias trabajadas.
Los registros deben ser notificados al trabajador con copia dentro de los cuatro días hábiles posteriores al mes o quincena vencida, según la modalidad de pago de haberes. Si se opta por un registro manual, el trabajador deberá anotar de puño y letra su horario de ingreso y egreso, y firmar la planilla correspondiente. Asimismo, los empleadores deben conservar estos registros conforme a los plazos legales establecidos.
La resolución también detalla las excepciones a esta obligación, como los trabajadores rurales, de casas particulares, construcción, y viajantes de comercio, entre otros regímenes especiales.
La obligación de registrar los horarios de trabajo comienza a regir a partir del 5 de marzo de 2025.