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[restab title=»SUMARIO» active=»active»]
Estado de la Norma: Vigente
Fecha: 9/8/2018
Promulgación: 30/8/2018
B.O. (CABA) 4/9/2018
Vigencia y Aplicación: 30/8/2018 (según art. 3°)
Organismo Emisor: Poder Legislativo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Cantidad de Artículos: 4
Anexos: No[/restab]
[restab title=»RELACIONADAS»]
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[restab title=»SANCIONA»]
ARTÍCULO 1° – Modifícase el inciso 1) del artículo 49 del Anexo I de la ley tarifaria para el año 2018 aprobada por la ley 5914 y su modificatoria 5948, el que queda redactado de la siguiente manera:
“1) Industria manufacturera de productos alimenticios, bebidas y tabaco.
151113 |
Saladero y peladero de cueros de ganado bovino |
151120 |
Producción y procesamiento de carne de aves |
151130 |
Elaboración de fiambres y embutidos |
151191 |
Fabricación de aceites y grasas de origen animal |
1512 |
Elaboración de pescado y productos de pescado |
1513 |
Preparación de frutas, hortalizas y legumbres |
1514 |
Elaboración de aceites y grasas de origen vegetal |
1521 |
Elaboración de leches y productos lácteos |
1522 |
Elaboración de quesos |
1523 |
Elaboración industrial de helados |
1529 |
Elaboración de productos lácteos n.c.p. |
1531 |
Elaboración de productos de molinería |
1532 |
Elaboración de almidones y productos derivados del almidón |
1533 |
Elaboración de alimentos preparados para animales |
1541 |
Elaboración de productos de panadería |
1542 |
Elaboración de azúcar |
1543 |
Elaboración de cacao y chocolate y de productos de confitería |
1544 |
Elaboración de pastas alimenticias |
1549 |
Elaboración de productos alimenticios n.c.p. |
1551 |
Destilación, rectificación y mezcla de bebidas alcohólicas; producción de alcohol etílico |
1552 |
Elaboración de vinos y otras bebidas fermentadas a partir de la fruta |
1553 |
Elaboración de cerveza, bebidas malteadas y de malta |
1554 |
Elaboración de bebidas no alcohólicas; producción de aguas minerales |
1601 |
Preparación de hojas de tabaco |
1609 |
Elaboración de cigarrillos y productos de tabaco n.c.p.” |
ARTÍCULO 2° – Incorpórase el inciso 34) al artículo 60 del Anexo I de la ley tarifaria para el año 2018 aprobada por la ley 5914 y su modificatoria 5948, con el siguiente texto:
“34) Producción y procesamiento de carne y productos cárnicos, excepto elaboración de subproductos cárnicos ……………………….. 0,50%.
Esta alícuota se reducirá a partir del año 2022 al 0,0%.
151111 |
Matanza de ganado bovino |
151112 |
Procesamiento de carne de ganado bovino |
151140 |
Matanza de ganado y procesamiento de su carne, excepto el bovino |
151199 |
Matanza de animales n.c.p. y procesamiento de su carne; elaboración de subproductos cárnicos n.c.p.” |
ARTÍCULO 3° – Las disposiciones de la presente ley entran en vigencia a partir de la fecha de su promulgación.
ARTÍCULO 4° – De forma.[/restab]
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