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Nuevo régimen simplificado de Ganancias: que hay que hacer para adherir
ARCA presentó el régimen simplificado para Ganancias aplicable desde 2025, que facilita el cumplimiento fiscal y reduce la carga administrativa. Enterate cómo optar por la modalidad.
Por: Marcos Felice
Fecha de publicación: 02/06/2025 17:04 Hs.
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ARCA lanza nuevo régimen simplificado para Ganancias: opción voluntaria para personas humanas

A partir del 1° de junio de 2025, las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país, que sean contribuyentes del Impuesto a las Ganancias y obtengan exclusivamente rentas de fuente argentina, ya pueden optar por la modalidad simplificada. Este régimen permite la optimización de procesos fiscales y reduce la carga administrativa, eximiendo a los adherentes de informar su patrimonio.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) implementó un nuevo régimen simplificado opcional para las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país, aplicable desde los períodos fiscales iniciados el 1° de enero de 2025. La medida tiene como objetivo facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, reduciendo los tiempos y trámites, y eximiendo a los contribuyentes de informar su patrimonio.

Los contribuyentes que deseen adherirse podrán hacerlo de manera voluntaria accediendo al servicio “Sistema Registral” en el sitio oficial de ARCA, seleccionando la opción “Ganancias PH Simplificada” hasta el día anterior al primer vencimiento general de la declaración jurada del período fiscal. Este sistema permitirá a los interesados registrar su opción simplificada de forma digital y rápida.

Según lo dispuesto, podrán optar por esta modalidad todas las personas humanas y sucesiones indivisas excepto aquellas clasificadas en los segmentos 11 o 12 según la segmentación fiscal y las Personas Expuestas Políticamente (PEP), tales como funcionarios públicos y otros cargos definidos por la Unidad de Información Financiera. Tampoco podrán optar hasta el momento quienes obtengan rentas de fuente extranjera.

Para que los contribuyentes puedan acceder a esta opción simplificada, ARCA verificará que:

a) Posean Clave Fiscal, con Nivel de Seguridad 3;

b) No posean la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) con estado administrativo limitado, por tratarse de sujetos incluidos en la “Base de Contribuyentes No Confiables” o caracterizados como “Sujeto No Confiable en materia de Seguridad Social – origen ANSES” o como “Sujeto No Confiable en materia de Seguridad Social - origen AFIP”.

c) No se encuentren comprendidos en los segmentos 11 o 12, conforme a la clasificación que efectúa el Organismo en función de la significación fiscal a nivel país y/o regional. La referida segmentación podrá consultarse a través del servicio “web” denominado “Sistema Registral”, menú “Consulta”, opción “Datos registrales”, ítem “Datos fiscales”.

Una vez que ARCA verifique el cumplimiento de los requisitos, los contribuyentes serán caracterizados en el Sistema Registral bajo el código “618-Ganancias PH Simplificada”. Esta caracterización será consultable online a través del servicio con Clave Fiscal en el sitio web del organismo, mediante la opción Consulta > Datos registrales > Caracterizaciones.

Los contribuyentes que decidan desistir de la opción también podrán hacerlo a través del Sistema Registral, ingresando a la sección “Ganancias PH Simple”, lo que les permitirá cancelar su adhesión de forma sencilla y sin complicaciones.

ARCA informó que los detalles del procedimiento de confección de la declaración jurada simplificada serán publicados oportunamente en el micrositio “Ganancias y Bienes Personales” del organismo.

¿Qué recaudos hay que tener a la hora de pensar si adherir o no al nuevo Régimen Simplificado?

No son pocos los tributaristas y contadores que vienen cuestionando este nuevo esquema simplificado y el aliento permanente del Gobierno para que las personas “saquen los dólares del colchón” por la ausencia de un marco legal que brinde seguridad jurídica sobre los hechos que se proclaman.

Puntualmente, se cuestiona que la propuesta oficial para canalizar dólares no declarados carece de una cobertura legal adecuada, lo que representa un riesgo elevado para los contribuyentes. La iniciativa no constituye un blanqueo formal, sino un “régimen de flexibilización”, y, sin una reforma simultánea de leyes clave como la Ley de Procedimiento Tributario, la Ley Penal Tributaria y la Ley Cambiaria, los contribuyentes podrían quedar expuestos a sanciones y fiscalizaciones.

Además, se destaca que la última ley de blanqueo vigente impide regularizar activos nuevamente bajo otro régimen hasta 2038, lo que limita las posibilidades de quienes adhirieron anteriormente. Se advierte también que, en ausencia de una ley protectora específica, operaciones como la compra de propiedades con dólares no declarados podrían quedar fuera de cobertura legal.

Finalmente, se menciona que el Estado dispone de un sistema de cruce de datos amplio, aún luego de haberse eliminado gran cantidad de regímenes de información, lo que aumenta los riesgos para los contribuyentes que decidan utilizar este mecanismo.

Respecto a los proyectos de ley que está trabajando el Gobierno, Guillermo Francos, jefe de Gabinete, anticipó que esta semana el Poder Ejecutivo enviará al Congreso un proyecto que permitirá utilizar dólares no declarados hasta 50 millones de pesos por mes sin necesidad de informar su origen.

El funcionario explicó que esta posibilidad de usar dólares no declarados no se origina en evasión fiscal, sino en operaciones de compra en el mercado paralelo, utilizadas por muchos argentinos para proteger sus ahorros. Subrayó que el objetivo es que las provincias no apliquen impuestos adicionales como Ingresos Brutos, lo que afectaría el incentivo previsto.

Francos mencionó que la movilización de fondos generará un fuerte impacto comercial y fiscal, beneficiando tanto a comerciantes como a industriales. “Con este proyecto mucha gente va a poder comprar autos, pagar equipamiento o conseguir créditos hipotecarios, movilizando la economía”, concluyó.

En este punto, se recomienda a los contribuyentes actuar con prudencia y asesorarse con un profesional antes de adherirse al nuevo régimen simplificado. Esta modalidad, si bien ofrece facilidades y reducción de cargas administrativas, puede implicar riesgos futuros si no se cumplen ciertos requisitos o si no se evalúan correctamente las consecuencias fiscales. 

Es fundamental tener en cuenta que la figura del incremento patrimonial no justificado sigue vigente, lo cual puede generar riesgos significativos para quienes adhieran al régimen sin considerar todos los aspectos legales y fiscales involucrados. Por lo tanto, contar con una visión clara y completa, basada en un asesoramiento profesional, es esencial para tomar decisiones informadas y evitar complicaciones futuras.

Entendemos que la mejor opción por el momento es esperar que se apruebe el paquete de leyes que enviará el Poder Ejecutivo bajando el plazo de prescripción a dos años (según datos del propio Gobierno) y aumentando los pisos de la pena por evasión fiscal y evasión agravada.

¿Cómo adherir al Régimen Simplificado de Ganancias paso a paso?

*Click en las imágenes para ampliar.

Paso 1 - Ingresar en Sistema Registral de ARCA con CUIT y clave fiscal y buscar la tarjeta Ganancias Régimen Simplificado

Paso 2: al ingresar se muestra la siguiente pantalla donde se deberá seleccionar el botón verde “Optar” en caso de estar de acuerdo con declarar ser sujeto comprendido en lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto N° 353/2025.

Paso 3: una vez que se hace click en “Optar” ya queda registrada la adhesión al Régimen Simplificado de Ganancias y se puede descargar la constancia correspondiente.

 ¿Cómo desistir de la adhesión?

Paso 1: Ingresar en Sistema Registral de ARCA con CUIT y clave fiscal y buscar la tarjeta Ganancias Régimen Simplificado.

Paso 2: una vez que se ingresa a la opción Ganancias PH Simplificada, el sistema indica que el contribuyente ya se encuentra adherido al régimen para el período fiscal 2025, mostrando la opción para “solicitar desistimiento”.

 

Paso 3: en este paso el sistema solicita la confirmación de la solicitud de baja del régimen Ganancias PH Simplificada, para ello se debe presionar el botón “continuar”.

Paso 4: una vez que se confirma la renuncia al régimen, el sistema confirma el desistimiento y permite descargar la constancia correspondiente.

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