La Resolución ANSES 259/2025 extendió hasta el 2 de julio de 2026 el plazo para la presentación presencial de solicitudes de la Asignación por Embarazo para Protección Social, en los casos en que ANSES no cuente con los datos de inscripción en el Programa Sumar. La prórroga permitirá seguir abonando la prestación mientras se perfecciona el circuito de intercambio de información con el Ministerio de Salud.
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) decidió prorrogar hasta el 2 de julio de 2026 la obligatoriedad de presentar en forma presencial la solicitud de la Asignación por Embarazo para Protección Social, en los casos en que la información de la mujer gestante no figure en el Programa Sumar del Ministerio de Salud.
La medida, formalizada a través de la Resolución ANSES 259/2025, responde a la necesidad de perfeccionar el intercambio automático de datos y evitar interrupciones en el cobro del beneficio, que está destinado a personas embarazadas en situación de vulnerabilidad social.
¿A quiénes les corresponde?
La asignación está destinada a personas desocupadas, trabajadoras informales con ingresos inferiores al salario mínimo, monotributistas sociales, personal de casas particulares registradas y quienes perciben programas sociales.
Requisitos principales:
Se requiere tener un embarazo de 12 semanas o más, ser argentina o contar con al menos 3 años de residencia en el país si sos extranjera, y no tener obra social (excepto monotributistas sociales, trabajadoras de casas particulares y desempleadas con cobertura de salud). Para la mayoría de los casos, es obligatorio estar inscripta en el Programa Sumar y cumplir los controles médicos que establece.
Cobro automático y presencial:
Si estás inscripta en el Programa Sumar, el Ministerio de Salud enviará directamente la información a ANSES y no será necesario hacer ningún trámite, ya que la asignación se liquida de forma automática.
Si no se recibe el pago automático, o pertenecés a los grupos obligados a tramitar en persona (monotributistas sociales, personal de casas particulares y desempleadas con obra social), debés solicitar un turno y presentar la documentación en una oficina de ANSES.
Documentación requerida:
Monto y forma de pago:
Cada mes se cobra el 80% de la asignación, y el 20% restante se liquida en un solo pago al acreditar el nacimiento, interrupción o fallecimiento del embarazo y cumplir los controles sanitarios. El beneficio se actualiza periódicamente por la movilidad previsional.
Paso a paso del trámite presencial:
La prórroga garantiza que las personas gestantes sigan percibiendo este apoyo económico hasta que ANSES y el Ministerio de Salud finalicen la implementación del procedimiento automático de validación de datos.