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Impuestos Provinciales
San Luis habilita la compensación simplificada de saldos a favor en Ingresos Brutos
La DPIP de San Luis creó un régimen simplificado que permite compensar saldos a favor de Ingresos Brutos con impuestos Automotor, Acoplados, Motocicletas e Inmobiliario. Conoce los requisitos, límites y plazos.
Por: M.F.
Fecha de publicación: 22/07/2025 18:42 Hs.
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San Luis: cómo compensar saldos a favor de Ingresos Brutos con Automotores e Inmobiliario
  • La Dirección Provincial de Ingresos Públicos (DPIP) de San Luis aprobó un nuevo procedimiento simplificado para que los contribuyentes directos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos puedan compensar saldos a favor con impuestos Automotor, Acoplados, Motocicletas e Inmobiliario, hasta un tope de $1.000.000 por operación.
  • La Resolución General 22/2025 establece que el beneficio aplica solo a saldos a favor sostenidos durante tres meses consecutivos y con cumplimiento de todas las obligaciones fiscales. Las solicitudes deberán realizarse en forma digital con clave fiscal desde el 1 de agosto de 2025, con una frecuencia mínima de 180 días entre compensaciones.

La provincia de San Luis avanza en la simplificación administrativa con la publicación de la Resolución General (DPIP) 22/2025, que introduce un procedimiento simplificado de compensación de saldos a favor para los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

De acuerdo con lo dispuesto por la Dirección Provincial de Ingresos Públicos (DPIP), los contribuyentes directos podrán utilizar sus créditos fiscales para cancelar obligaciones propias de los impuestos Automotor, Acoplados, Motocicletas e Inmobiliario. Este esquema está orientado a empresas y personas que presentan saldos acumulados de manera sostenida y que cumplen con todas las obligaciones formales y sustanciales.

Entre los requisitos, se exige que el saldo a favor haya sido mantenido durante los últimos tres meses consecutivos, además de estar al día con todas las obligaciones como contribuyentes y, en caso de corresponder, como agentes de retención, percepción y/o recaudación.

La solicitud deberá presentarse exclusivamente de forma digital, a través del portal oficial dpip.sanluis.gov.ar, utilizando la clave fiscal. Una vez aprobada la compensación, el contribuyente no podrá efectuar una nueva solicitud hasta que hayan transcurrido 180 días.

El monto máximo para la compensación simplificada será de $1.000.000, calculado sobre el saldo a favor declarado en la última declaración jurada de Ingresos Brutos previa a la solicitud.

Quedan excluidas del régimen aquellas deudas en instancia judicial, procesos de concurso o quiebra, planes de pago vigentes, o contribuyentes que tengan fiscalizaciones en trámite.

La DPIP también anunció que realizará controles de consistencia sobre la información presentada, verificando las retenciones, percepciones, alícuotas y traslados de saldos para asegurar la correcta aplicación del beneficio.

El régimen entrará en vigencia el 1 de agosto de 2025.

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