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Mar, 05 de Agosto de 2025
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Vence hoy la recategorización del Monotributo y no cumplir puede salir caro
Hoy vence el plazo para hacer la recategorización del Monotributo de agosto 2025. Si no cumplís, ARCA puede recategorizarte de oficio, aplicarte sanciones o excluirte del régimen. Enterate cómo evitar problemas.
Por: M.F.
Fecha de publicación: 05/08/2025 16:00 Hs.
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Vence hoy la recategorización del Monotributo: qué pasa si no la hacés y cómo evitar sanciones
  • La recategorización semestral del Monotributo vence hoy, 5 de agosto de 2025, y afecta a todos los pequeños contribuyentes que entre julio 2024 y junio 2025 hayan superado los límites de su categoría en ingresos, superficie, consumo eléctrico o alquileres.
  • La nueva tabla de ARCA, vigente desde el 1° de agosto, actualizó los topes con un incremento del 15,10 %, y quienes no realicen el trámite a tiempo pueden ser recategorizados de oficio, con subas en la cuota mensual e incluso excluidos del régimen simplificado.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) puso en marcha la segunda recategorización anual del Monotributo. Desde el 1° de agosto rigen nuevas escalas actualizadas por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) y todos los pequeños contribuyentes deben revisar si sus parámetros superan los límites de su categoría. En esta nota te contamos quiénes deben recategorizarse, cuáles son los pasos para hacerlo y qué consecuencias tiene no cumplir a tiempo.

¿Qué es la recategorización del Monotributo?

La recategorización es un control semestral que realiza cada contribuyente para verificar si los parámetros de su actividad siguen encuadrando en la categoría que le corresponde. Se realiza dos veces al año (hasta el 5 de febrero y 5 de agosto) y requiere revisar cuatro variables de los últimos 12 meses: ingresos brutos, superficie afectada a la actividad, consumo de energía eléctrica y alquileres devengados. Cuando el contribuyente opera en varias unidades de explotación, se toma el valor más alto para cada parámetro.

Si la actividad comenzó hace menos de 12 meses, los parámetros deben anualizarse: se divide la cifra obtenida en el período que lleva el negocio y se multiplica por 12 para proyectarlo a un año. Además, las personas que llevan menos de seis meses de actividad no están obligadas a recategorizarse.

Nuevas escalas vigentes desde agosto 2025

ARCA actualizó las categorías del Monotributo con un incremento del 15,10 % respecto de enero, de acuerdo con la variación del IPC entre diciembre 2024 y junio 2025. Los nuevos topes de ingresos rigen desde el 1° de agosto de 2025 hasta el 31 de enero de 2026 y van desde $8.992.597,87 (categoría A) hasta $94.805.682,90 (categoría K. Superar el tope de la categoría más alta implica exclusión del régimen, ya que se trata de un sistema simplificado pensado para pequeños contribuyentes.

¿Quiénes deben recategorizarse?

Según Blog del Contador, la obligación alcanza a quienes entre julio 2024 y junio 2025 hayan superado algún límite de su categoría: ingreso bruto máximo, superficie afectada, consumo eléctrico o alquileres. Quienes se mantengan dentro de los parámetros o hayan iniciado actividad hace menos de seis meses no deben hacer ninguna gestión.

Plazo y vigencia

La recategorización se puede realizar hasta el 5 de agosto, inclusive. Si el vencimiento cae en un feriado o día inhábil, se traslada al día hábil siguiente. Una vez efectuada, la nueva categoría se aplica desde el devengado de agosto y rige hasta enero de 2026.

Recategorización simplificada: cómo realizar el trámite

ARCA implementó una recategorización simplificada que permite hacer el trámite desde la web del Monotributo o la app ARCA Móvil. Está disponible para monotributistas con 12 meses completos en el régimen y puntos de venta de facturación electrónica. El sistema muestra automáticamente la facturación anual registrada; si es correcta, el contribuyente puede confirmarla con un clic y, si necesita modificarla, puede editar los valores.

Para recategorizarse se deben seguir estos pasos:

  1. Ingresar al portal Monotributo con CUIT y clave fiscal, o abrir la app ARCA Móvil.
  2. Seleccionar “Recategorización” y comprobar los ingresos brutos, superficie, energía consumida y alquileres del último año.
  3. Confirmar o modificar los datos; si corresponde un cambio de categoría, el sistema calcula la nueva cuota.
  4. Guardar la recategorización. La nueva categoría estará vigente a partir de agosto y los nuevos montos se abonarán desde el día 20 del messervicioscf.afip.gob.ar.

¿Qué pasa si no se realiza la recategorización?

Cuando un contribuyente no se recategoriza o lo hace de manera incorrecta, ARCA puede aplicar la recategorización de oficio. En este caso, la agencia realiza controles sistémicos y, si detecta que las compras, gastos o acreditaciones bancarias superan el máximo permitido, recategoriza al contribuyente utilizando la información de sus registros. Las principales consecuencias son:

  • Notificación formal. ARCA informa la decisión mediante el domicilio fiscal electrónico dentro de los diez días hábiles posteriores al vencimiento.
  • Apelación. El contribuyente puede presentar un recurso de apelación dentro de los 15 días siguientes a través de la opción “Presentaciones Digitales” en la webafip.gob.ar.
  • Entrada en vigencia. Si no se apela o la apelación es rechazada, la nueva categoría rige a partir de agosto (o febrero, según el semestre) y se mantiene hasta enero o julio.
  • Impacto en el pago mensual. La nueva categoría implica un cambio en la cuota del Monotributo; si el contribuyente acepta la recategorización de oficio, debe abonar las obligaciones conforme a la nueva escala.

Además, superar el tope máximo de la categoría K o exceder el importe máximo por unidad de venta establecido para bienes ($536.767,47 por unidad) implica la exclusión del régimen; en ese caso, el contribuyente deberá inscribirse en el régimen general y comenzar a tributar IVA, Ganancias y autónomos.

Consejos para evitar sanciones

  • Registrar correctamente todas las operaciones y emitir comprobantes electrónicos; de esta manera, el sistema de recategorización simplificada tomará la facturación real y evitará diferencias que deriven en recategorizaciones de oficio.
  • Revisar los parámetros a mitad de año para estimar si se superarán los límites de la categoría y así anticipar cambios.
  • Anualizar ingresos cuando la actividad tenga menos de 12 meses, dividiendo la facturación por los meses de actividad y multiplicando por 12.
  • Conservar comprobantes de alquileres y facturas de energía para acreditar la superficie y consumo declarados.
  • Consultar el portal de ARCA para verificar la cuota a pagar y utilizar los medios electrónicos habilitados (VEP, homebanking, débito automático, etc.).

Conclusión

La recategorización del Monotributo en agosto 2025 es una obligación que no debe pasar desapercibida. Revisar los parámetros de los últimos doce meses y compararlos con la nueva tabla publicada por ARCA evita recategorizaciones de oficio, recargos y la posible exclusión del régimen. La modalidad simplificada y la posibilidad de hacer el trámite desde el celular facilitan la gestión, pero la responsabilidad final es del contribuyente. Quienes omitan la recategorización pueden ser recategorizados de oficio y deberán afrontar cuotas más altas a partir de agosto, por lo que conviene revisar la categoría y cumplir en tiempo y forma.


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