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Laboral y Previsión Social
Casas Particulares: empleadores ya pueden adherir al débito automático para pagar aportes y contribuciones
Desde agosto de 2025, ARCA permite a los empleadores de Casas Particulares adherir al débito automático para pagar aportes, contribuciones, obra social y ART. Enterate cómo hacerlo paso a paso.
Por: M.F.
Fecha de publicación: 06/08/2025 12:41 Hs.
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ARCA habilitó la adhesión al débito automático bancario o con tarjeta de crédito para facilitar el pago de aportes, contribuciones y ART de trabajadores del régimen de casas particulares.
  • La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) implementó una nueva funcionalidad que permite a los empleadores del régimen de Casas Particulares adherir al débito automático para el pago mensual de aportes, contribuciones, obra social y ART
  • La adhesión se realiza una sola vez desde el portal web de ARCA y busca facilitar el cumplimiento oportuno de las obligaciones previsionales, evitando olvidos o retrasos en más de 450.000 relaciones laborales alcanzadas por el régimen.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) recuerda que se encuentra habilitado el débito automático para el pago de aportes y contribuciones a la seguridad social de empleadores de Casas Particulares, lo que permite que el empleador no gestione el pago mes a mes, sino que con una única gestión de adhesión, el pago se debite en forma automática. Actualmente, alcanza a un universo de más de 450.000 relaciones laborales.

De esta manera, los contribuyentes ya cuentan con más posibilidades para cumplir con las obligaciones previsionales de sus trabajadores de forma ágil. La opción está disponible para el pago mensual de las contribuciones y aportes patronales, cuota correspondiente a la Obra Social y a la Aseguradora del Riesgo del Trabajo (ART).

Actualmente, los pagos se realizan a través de billeteras virtuales -pago de obligaciones con importes preestablecidos-, QR, Homebanking y tarjeta de crédito -previa generación del Volante Electrónico de Pago (VEP)-. Cualquiera de estas modalidades implica que el contribuyente deba ingresar cada mes para saldar las sumas previsionales de los trabajadores de Casas Particulares.

Ahora se suma esta opción que, mediante una única acción, asegura el cumplimiento puntual y constante de las obligaciones laborales durante toda la relación laboral. Este método evita omisiones y reduce retrasos involuntarios en los pagos a la seguridad social.

Esta nueva funcionalidad forma parte del objetivo de ARCA de impulsar la formalización del empleo y reducir la incidencia del trabajo no registrado en la economía.

Por otra parte, y en aquellos casos en que ARCA detecte por información propia o de terceros, datos desactualizados en el Registro, podrá modificarlo de oficio identificando los mismos con una marca en el mencionado Registro.

¿Cómo podrá realizarse la adhesión?

Para realizar la adhesión, los empleadores deben ingresar con CUIL/CUIT y Clave Fiscal al portal web de ARCA y seguir estos pasos:

  1. Acceder al Registro Especial del Personal de Casas Particulares.
  2. Ingresar al menú “Trabajadores a cargo”.
  3. Hacer clic en “Adherir al débito automático”.
  4. Seleccionar la CBU desde la que se debitarán los importes (debe estar registrada a nombre del empleador).
  5. En caso de ser necesario, cargar una nueva CBU desde el servicio “Declaración de CBU”.
  6. Para adhesión con tarjeta de crédito, el trámite se realiza directamente con la administradora de la tarjeta.

Una vez concretada la adhesión, el empleador podrá verificar dentro del mismo portal si el débito fue exitoso o si hubo algún rechazo por falta de fondos, cierre de cuenta u otro motivo.

Antes de adherirse, se recomienda verificar que la información en el registro esté actualizada: datos del trabajador, cantidad de horas semanales y CBU de débito.

¿Cuándo empieza a debitarse?

La adhesión tiene efecto inmediato pero el primer débito se aplicará el día 10 del mes siguiente a la adhesión, siempre que se haya realizado antes del último día del mes anterior.

Por ejemplo: si la adhesión se concreta antes del 31 de agosto, el primer débito será el 10 de septiembre. Si se realiza a partir del 31 de agosto, inclusive, el primer débito será el 10 de octubre.


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