En agosto 2025, las personas registradas bajo el régimen de casas particulares pueden afiliarse a la obra social de la actividad o elegir otra de las habilitadas por la Superintendencia de Servicios de Salud. El trámite puede realizarse en forma presencial o a través del servicio Mi SSSalud, y solo puede hacerse una vez al año. La cobertura mínima incluye atención médica, internación y medicamentos, aunque pueden contratarse planes superadores abonando una cuota adicional.
El personal registrado en el régimen de casas particulares cuenta con la Obra Social del Personal Auxiliar de Casas Particulares como obra social de la actividad. Sin embargo, también puede optar por otra entidad habilitada, siempre que los aportes realizados sean iguales o superiores a los exigidos para la categoría de 16 horas semanales o más.
El trámite de cambio de obra social puede hacerse en la sede de la nueva entidad o a través de internet, utilizando la Clave Fiscal nivel 3 y el servicio Mi SSSalud. Allí se debe ingresar en la opción “Nueva opción” y completar los datos requeridos.
Este procedimiento puede realizarse una sola vez por año calendario (enero a diciembre). Quienes ejerzan la opción deberán permanecer como mínimo 12 meses en la nueva obra social antes de poder volver a cambiarse.
La normativa también establece que, en caso de que tanto el trabajador como su pareja aporten a distintas obras sociales, los aportes se unificarán en la de mayor antigüedad, aunque luego ambos podrán manifestar conjuntamente su voluntad de elegir otra.
La cobertura obligatoria que debe garantizar cualquier obra social incluye:
Además, las personas afiliadas pueden acceder a planes con mayores beneficios abonando un adicional.
El régimen de casas particulares también brinda acceso a:
En conclusión, el acceso a una obra social para trabajadoras y trabajadores de casas particulares en agosto 2025 está garantizado, ya sea a través de la entidad de la actividad o eligiendo otra del listado oficial.
El listado completo incluye más de 200 entidades en todo el país que reciben aportes del personal de servicio doméstico, incluyendo también mutuales, asociaciones y obras sociales provinciales.
Según el Sistema de Registro de Delegaciones para Opciones de Cambio de la Superintendencia de Servicios de Salud, entre las obras sociales que aceptan personal de casas particulares se encuentran:
Además de las sindicales, también se encuentran habilitadas entidades mutuales y prepagas de amplia cobertura, como:
El listado completo, con más de 200 obras sociales y prepagas habilitadas, incluye también entidades provinciales, mutuales de gremios, asociaciones profesionales y obras sociales de empresa (como Ford, Volkswagen, YPF, John Deere, Philips, etc.).
Para consultar la nómina oficial detallada con número de registro, dirección y localidad, la Superintendencia de Servicios de Salud publica el documento actualizado en su portal, donde pueden verificarse todas las opciones disponibles para el personal de casas particulares. Se puede acceder haciendo click en este enlace.
En conclusión, en agosto 2025 las trabajadoras y trabajadores de casas particulares cuentan con la obra social de la actividad y con un extenso listado de más de 200 obras sociales habilitadas, lo que garantiza su derecho a elegir la cobertura médica que mejor se ajuste a sus necesidades.