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Impuestos Provinciales
Chubut: nuevo régimen transitorio de facilidades de pago con reducción de intereses
La Ley XXIV 117 faculta a ARECH a bajar intereses en planes especiales entre el 1/9 y el 31/12/2025. Economía fija rebajas según cuotas y ARECH reglamenta beneficios, exclusiones y caducidad. Claves, plazos y cómo adherir.
Por: M.F.
Fecha de publicación: 02/09/2025 13:46 Hs.
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El régimen rige del 1/9 al 31/10/2025 para deudas vencidas al 31/8/2025. Permite pago único o planes hasta 12 cuotas, con reducción de intereses resarcitorios, punitorios y de financiación.

El régimen rige del 1/9 al 31/10/2025 para deudas vencidas al 31/8/2025. Permite pago único o planes hasta 12 cuotas, con reducción de intereses resarcitorios, punitorios y de financiación. Tiene exclusiones (agentes de retención, regalías, planes vigentes, concurso/quiebra) y caducidad por falta de pago.

Chubut lanzó un régimen de facilidades de pago de hasta 12 cuotas y reducción de intereses

La Legislatura de Chubut sancionó la Ley XXIV N° 117, que faculta a la Agencia de Recaudación (ARECH) a reducir transitoria y excepcionalmente las tasas de interés en planes especiales de pago otorgados entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre de 2025. De acuerdo a lo indicado en la norma, la rebaja alcanza intereses del art. 42 (resarcitorios) y, sólo para deudas regularizadas en estos planes, los del art. 44 (punitorios).

La reducción no podrá superar el 50% de las tasas fijadas por el Ministerio de Economía y no genera derecho de repetición sobre pagos anteriores. Si el plan caduca, la actualización volverá a calcularse con las tasas plenas del Ministerio para los períodos incluidos. Según Ley XXIV 117, la vigencia opera desde el 27/8/2025.

En línea con la ley, la Resolución (ME Chubut) 280/2025 dispuso la baja excepcional de la tasa de financiación del art. 66 del Código Fiscal: hasta 100% de reducción para planes de hasta 6 cuotas y hasta 50% para planes de 7 a 12 cuotas, según la cantidad otorgada.

Para operativizar el esquema, la Resolución (ARECH) 243/2025 creó un régimen especial y transitorio con adhesión del 1/9 al 31/10/2025. Se pueden incluir obligaciones vencidas hasta el 31/8/2025, planes caducos y deudas en instancia judicial

El régimen ofrece pago único o hasta 12 cuotas. En administrativa, el pago único reduce 50% de interés resarcitorio; en cuotas, hay anticipo (5% hasta 6 cuotas / 10% entre 7 y 12), baja del resarcitorio (30% hasta 6 / 10% entre 7 y 12) y rebaja de financiación (100% hasta 6 / 50% entre 7 y 12). En judicial, el pago único reduce 20% resarcitorio y 20% punitorio; en cuotas, anticipo 10% hasta 6 y 15% de 7 a 12, con rebajas en resarcitorio, punitorio y financiación según tramo.

DEUDA ADMINISTRATIVA
 AnticipoInterés ResarcitorioInterés Financiación
PAGO CONTADO –Reducción 50% –
HASTA 6 CUOTAS5%Reducción 30%Sin interés
7 A 12 CUOTAS10%Reducción 10%Reducción 50%
DEUDA JUDICIAL
 AnticipoInterés ResarcitorioInterés FinanciaciónInterés Punitorio
PAGO CONTADO –Reducción 20% –Reducción 20%
HASTA 6 CUOTAS10%Reducción 10%Sin interésReducción 10%
7 A 12 CUOTAS15%Tasa vigenteReducción 50%Tasa vigente

Hay exclusiones relevantes: regalías hidrocarburíferas/hidráulicas y cánones, tasas específicas administradas por otras áreas, multas no impuestas por ARECH, agentes de retención y percepción por montos propios de su actuación, deudas en planes vigentes y concurso/quiebra. De acuerdo a ARECH, también se excluyen obligaciones amparadas en regímenes sectoriales específicos.

El acogimiento exige clave fiscal, domicilio fiscal electrónico, CBU para débitos en cuotas, no adeudar DDJJ al momento de adherir y, en su caso, allanamiento/renuncias en procesos judiciales. Al respecto, la ARECH publicó un instructivo con el paso a paso para adherir al Régimen Especial de Regularización Transitoria.

La cuota mínima se fija en $50.000 y los vencimientos operan el día 10 (con regla especial para la primera cuota según fecha del anticipo). 

La caducidad opera por 2 cuotas impagas (consecutivas o alternadas), por saldo pendiente a los 20 días de la última cuota, o por concurso/quiebra. Al caducar, se pierden los beneficios y la ARECH podrá reclamar la ejecución con tasas originales y accesorios. Los pagos realizados se imputan a la deuda sin beneficios, según el orden del art. 62 del Código Fiscal.

En instancia judicial, el plan exige pago de tasas y costas, reconocimiento pleno de la deuda, allanamiento al apremio y aceptación de sentencia en caso de caducidad. La ARECH podrá acreditar el plan en las actuaciones y, si caduca, ejecutar por la deuda consolidada más accesorios, con notificación por domicilio fiscal electrónico.

Cuadro resumen Régimen de Facilidades de Pago – Provincia de Chubut (sept–dic 2025)

ConceptoDetalle
Tasa de interés resarcitorio (art. 42 CF)Reducción hasta 50% en regularizaciones bajo este régimen.
Tasa de interés punitorio (art. 44 CF)Reducción hasta 20% en pago único judicial; hasta 10% en planes en cuotas.
Tasa de financiación (art. 66 CF)Reducción de 100% hasta 6 cuotas / 50% entre 7 y 12 cuotas.
Pago único (administrativo)Reducción 50% resarcitorio.
Pago único (judicial)Reducción 20% resarcitorio + 20% punitorio.
Planes hasta 6 cuotas (administrativo)Anticipo 5%; reducción 30% resarcitorio + 100% financiación.
Planes 7–12 cuotas (administrativo)Anticipo 10%; reducción 10% resarcitorio + 50% financiación.
Planes hasta 6 cuotas (judicial)Anticipo 10%; reducción 10% resarcitorio + 10% punitorio + 100% financiación.
Planes 7–12 cuotas (judicial)Anticipo 15%; reducción 50% financiación.
Cuota mínima$50.000 (ARECH 243/2025).
Plazo de adhesiónDel 1/9/2025 al 31/10/2025.
Deudas alcanzadasVencidas al 31/8/2025, planes caducos y deudas en instancia judicial.
ExclusionesRegalías hidrocarburíferas e hidroeléctricas, cánones, tasas específicas, agentes de retención/percepción, deudas en planes vigentes, concurso/quiebra.

Para más información o asistencia, los contribuyentes interesados podrán comunicarse con la Agencia de Recaudación al (0280) 491-2250 interno 1132, por mail a ccumplimiento@dgrchubut.gov.ar, o de manera presencial en sus receptorías. En caso de inquietudes relativas a deuda en vía judicial, por favor comuníquese al (0280) 491-2250 interno 1285 o por mail a legales@dgrchubut.gov.ar.


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