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Provinciales Economía y Finanzas
La Rioja incorpora la educación financiera y de consumidores en todas las escuelas
La Rioja aprobó la Ley 10.824 que crea el Programa de Educación Financiera y de Derechos de Consumidores y Usuarios. Será obligatorio en escuelas públicas y privadas, con contenidos sobre ahorro, crédito, impuestos, inversión y consumo responsable.
Por: M.F.
Fecha de publicación: 10/09/2025 13:13 Hs.
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La Legislatura riojana sancionó la Ley 10.824 que incorpora, de forma progresiva, la enseñanza de economía, ahorro, crédito, inversión, derechos del consumidor y prevención de fraudes en todos los niveles educativos.

La norma, vigente desde el 9 de septiembre de 2025, establece contenidos obligatorios como presupuesto, impuestos, seguros y digitalización financiera. La autoridad de aplicación será el Ministerio de Educación de la provincia, que contará con un Comité Asesor y podrá articular acciones con bancos, universidades y organismos públicos y privados.

Qué es el Programa de Educación Financiera en La Rioja y cómo se aplicará en las escuelas

La provincia de La Rioja aprobó la Ley 10.824, mediante la cual se crea el Programa de Educación Financiera y de los Derechos de Consumidores y Usuarios, que será implementado de manera progresiva en todas las instituciones escolares públicas y privadas, tanto en la educación formal como no formal.

De acuerdo al artículo 2, se entiende por educación financiera el proceso pedagógico que otorga conocimientos y habilidades para comprender el mundo económico, desarrollar hábitos responsables de consumo, ahorro, crédito e inversión, y fortalecer la protección de los derechos de consumidores y usuarios.

El artículo 3 fija objetivos centrales: mejorar la calidad de vida, fomentar el ahorro, promover el crédito responsable, potenciar el uso de medios de pago digitales, prevenir estafas virtuales y difundir instrumentos financieros para MiPyMEs y sectores vulnerables. También busca que los jóvenes desarrollen herramientas preventivas frente a la ludopatía digital.

Según el artículo 4, la aplicación del programa implicará la elaboración de un plan estratégico integral, la capacitación de referentes educativos en inclusión financiera, la difusión de instrumentos para MiPyMEs y la promoción del uso de canales digitales de pago, así como la educación para prevenir prácticas abusivas y fraudulentas.

El artículo 5 establece una segmentación específica de destinatarios, priorizando a jóvenes y adultos emprendedores, MiPyMEs, beneficiarios de la seguridad social, migrantes, personas con discapacidad y colectivos en situación de vulnerabilidad, sin excluir al resto de la población.

La norma designa como autoridad de aplicación al Ministerio de Educación de La Rioja (artículo 6), que podrá articular acciones con el Banco de La Rioja S.A.U., universidades, organismos ministeriales y entidades financieras. Asimismo, se prevé la conformación de un Comité Asesor integrado por representantes del sector público y privado, que deberá reunirse al menos dos veces al año (artículo 7).

Uno de los puntos clave es el listado de contenidos mínimos obligatorios definidos en el artículo 8, que incluye economía, ahorro, presupuesto, inversión, crédito, consumo inteligente, digitalización financiera, impuestos, regímenes previsionales y seguros. Estos temas podrán adaptarse según las necesidades de cada comunidad educativa.

En materia presupuestaria, el artículo 9 faculta al Poder Ejecutivo provincial a realizar las reasignaciones necesarias para garantizar la aplicación efectiva del programa, que ya se encuentra vigente desde su publicación en el Boletín Oficial el 9 de septiembre de 2025.

Con esta medida, La Rioja se convierte en una de las primeras provincias en institucionalizar la educación financiera y los derechos de consumidores en el sistema educativo, marcando un hito en la formación ciudadana integral.


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