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Economía y Finanzas
Freelancers: ahora podrán cobrar en dólares del exterior sin límites y sin obligación de liquidarlos a pesos
El BCRA eliminó el tope de USD 36.000 anuales para exportadores de servicios. Ahora, freelancers y profesionales podrán cobrar en dólares del exterior y disponer de ellos sin obligación de liquidarlos en el mercado oficial.
Por: M.F.
Fecha de publicación: 19/09/2025 08:23 Hs.
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El Gobierno libera a freelancers de la obligación de liquidar dólares por exportaciones de servicios

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) eliminó el límite de USD 36.000 anuales para exportadores de servicios, medida que afecta directamente a freelancers, programadores y profesionales independientes. Desde ahora, podrán cobrar sus honorarios en dólares y mantenerlos en cuentas en moneda extranjera sin obligación de liquidarlos al tipo de cambio oficial, y sin restricción de monto.

La Comunicación “A” 8330 del BCRA habilita a las personas humanas que exportan servicios a mantener y usar sus cobros en dólares, sin tope de monto y sin convertirlos obligatoriamente a pesos.

El Gobierno anunció un cambio clave para los trabajadores independientes y freelancers que facturan al exterior.

A través de la Comunicación “A” 8330 del BCRA, publicada el 18 de septiembre de 2025, se eliminó el tope anual de USD 36.000 que regía como límite para no tener que liquidar los dólares obtenidos por exportación de servicios.

Con esta modificación, todas las personas humanas podrán recibir pagos en dólares en sus cuentas y disponer libremente de ellos, sin obligación de convertirlos a pesos en el mercado oficial, y sin restricción de monto.

La medida impacta de lleno en programadores, diseñadores, consultores, traductores y demás profesionales independientes que facturan sus servicios a clientes en el exterior. Hasta ahora, solo podían mantener en dólares los primeros USD 36.000 del año; a partir de la nueva norma, el beneficio es ilimitado.

El BCRA también dispuso que las entidades financieras no podrán cobrar comisiones en estas operaciones de acreditación de divisas en cuentas en moneda extranjera de personas humanas residentes. Únicamente podrán trasladar los costos que impongan bancos del exterior, y siempre al valor real y documentado.

Un punto importante a destacar es que se mantiene la obligación de ingresar las divisas al país dentro de los 20 días hábiles desde su percepción en el exterior o acreditación en cuentas del exterior. Lo que cambió es que, una vez ingresados esos fondos, ya no existe obligación de liquidarlos a pesos ni límite de monto para conservarlos en dólares.

Este cambio se enmarca en la política de flexibilización del régimen de Exterior y Cambios que el Gobierno impulsa para incentivar la llegada de divisas, mejorar la competitividad de los servicios basados en conocimiento y facilitar la operatoria de los trabajadores independientes.

La liberación total llega luego de un proceso de flexibilización iniciado dos años atrás.

Originalmente, el BCRA permitía a freelancers mantener hasta USD 12.000 anuales en cuentas locales sin liquidar.

En 2024, el monto fue elevado a USD 24.000.

Posteriormente, con la Comunicación “A” 8153/2024, se llevó a USD 36.000 anuales desde el 1° de enero de 2025.

Finalmente, la Comunicación “A” 8330/2025 eliminó por completo el tope, habilitando la libre disposición sin límite.

En paralelo, el Central también amplió de 5 a 20 días hábiles el plazo para ingresar las divisas por servicios exportados, y fijó condiciones como no operar dólar MEP o CCL 90 días antes ni después de la acreditación de fondos.

De esta manera, en menos de dos años, el régimen pasó de un cupo anual de USD 12.000 a una liberación total, consolidando una apertura clave para el sector de freelancers y profesionales independientes.


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