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Moratoria AGIP 2025: cómo adherirse desde hoy al plan con hasta 100% de condonación de intereses
La AGIP reglamentó el régimen de regularización tributaria con beneficios escalonados para quienes ingresen en los primeros días. Incluye deudas vencidas al 31 de agosto, planes de hasta 48 cuotas y acceso con Clave miBA Nivel 3.
Por: M.F.
Fecha de publicación: 03/11/2025 14:35 Hs.
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Desde este lunes 3 de noviembre de 2025, los contribuyentes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires pueden acceder a la moratoria impositiva dispuesta por la AGIP, que permite regularizar deudas vencidas al 31 de agosto de 2025, con beneficios por pronto pago, reducción de intereses y financiación en hasta 48 cuotas.

La medida fue instrumentada mediante la Resolución AGIP 461/2025, publicada en el Boletín Oficial porteño el 24 de octubre, y reglamenta la Ley 6842, recientemente sancionada por la Legislatura local.

¿Qué deudas se pueden incluir?

El régimen alcanza todos los tributos cuya recaudación, determinación o fiscalización esté a cargo de la AGIP, tanto en instancia administrativa como judicial. También se permite la reformulación de planes vigentes, la condonación de sanciones sin sentencia firme y la suspensión de plazos procesales o acciones penales tributarias.

Pueden adherirse incluso contribuyentes en juicio de ejecución fiscal, concursos preventivos o quiebras con continuidad.

Plazos y beneficios según fecha de adhesión

La adhesión podrá realizarse entre el 3 de noviembre de 2025 y el 31 de enero de 2026, con distintos niveles de beneficios en función del momento en que se formalice el ingreso.

Pago al contado

Hasta 30 días:

  • 100% de condonación de intereses (contribuyentes comunes)
  • 70% (grandes contribuyentes)

Hasta 60 días:

  • 70% / 60%

Hasta 80 días:

  • 50% / 40%

Luego:

  • 40% / 30%

Pago en cuotas (hasta 48)

Hasta 30 días:

  • 70% de quita de intereses (comunes)
  • 60% (grandes contribuyentes)

Hasta 60 días:

  • 50% / 40%

Hasta 80 días:

  • 40% / 30%

Luego:

  • 30% / 10%

La tasa de financiación será del 2% mensual para contribuyentes comunes y del 3% para los incluidos en el Sistema de Verificación Continua de Grandes Contribuyentes.

La cuota mínima será de $5.000, y el débito se realizará automáticamente desde la cuenta informada (CBU).

Requisitos para la adhesión

El trámite se realiza a través de la web oficial de AGIP: www.agip.gob.ar, con Clave miBA Nivel 3, el nuevo sistema de autenticación obligatorio que reemplazará progresivamente a la Clave Ciudad.

En el portal, el usuario deberá:

  • Identificar y convalidar las obligaciones a regularizar.
  • Seleccionar modalidad de cancelación (contado o cuotas).
  • Declarar CBU (para pago en cuotas).

En caso de reformulación de planes vigentes, seleccionar uno por uno y optar por las nuevas condiciones.

Importante: efectos de la caducidad

La falta de pago de dos cuotas consecutivas o alternadas provocará la caducidad automática del plan, con la pérdida de los beneficios otorgados, el renacimiento de intereses y sanciones condonadas, y la reanudación de acciones penales tributarias.


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