Según estimaciones propias, el mínimo no imponible de Bienes Personales 2025 subiría a $384.728.044, mientras que el tope para casa habitación alcanzaría los $1.346.548.156, ajustados por la variación del IPC de octubre 2025, que registró un incremento interanual del 31,3%. Las nuevas escalas comenzarían a regir para las declaraciones juradas del período fiscal 2025, con vencimiento en junio de 2026.
Aún sin publicación oficial por parte de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), podemos estimar que el Impuesto sobre los Bienes Personales para el período fiscal 2025 se ajustará un 31,3%, en línea con la variación interanual del Índice de Precios al Consumidor (IPC) de octubre de 2025 frente al mismo mes de 2024.
De confirmarse el cálculo, el nuevo mínimo exento general pasaría a $384.728.044 (equivalente a unos USD 256.500 al tipo de cambio oficial), y el mínimo exento para la casa habitación alcanzaría los $1.346.548.156 (aproximadamente USD 897.700).
La actualización surge de lo dispuesto por el artículo sin número incorporado después del artículo 24 de la Ley del Impuesto, que ordena ajustar anualmente las escalas y mínimos por la variación del IPC.
Con base en los valores vigentes para 2024, los nuevos montos estimados quedarían así:
| Concepto | 2024 | Estimado 2025 (+31,3%) |
| Mínimo no imponible general | $ 292.994.964 | $ 384.728.044 |
| Casa habitación | $ 1.025.482.377 | $ 1.346.548.156 |
El excedente del mínimo quedará alcanzado por las alícuotas progresivas, que también se ajustarán en igual proporción.
| Valor Total de los Bienes que exceda el MNI | Pagarán $ | Más el % | Sobre el excedente de $ | |
| Más de | a Pesos | |||
| $ - | $ 52.664.283,73 | $ - | 0,50% | $ - |
| $ 52.664.283,73 | $ 114.105.948,16 | $ 263.321,42 | 0,75% | $ 52.664.283,73 |
| $ 114.105.948,16 | $ 315.985.702,51 | $ 724.133,90 | 1,00% | $ 114.105.948,16 |
| $ 315.985.702,51 | en adelante | $ 2.742.931,45 | 1,25% | $ 315.985.702,51 |
(Montos estimativos según actualización IPC del 31,3% sobre los valores 2024)
Con estos valores, solo tributarán Bienes Personales las personas físicas cuyo patrimonio total al 31 de diciembre de 2025 supere los $384.728.044, sin incluir la casa habitación cuando su valor no exceda los $1.346.548.156.
Esto implica que quienes posean bienes valuados por debajo de esos montos no abonarán el impuesto ni estarán obligados a presentar la declaración jurada, siempre que soliciten la baja del gravamen antes del 31 de diciembre de 2025.
Simulación del impuesto a pagar según el total de bienes declarados. A partir de $384.728.044 (mínimo no imponible estimado 2025) se comienza a tributar, con tasas progresivas entre 0,5% y 1,25%.
| Total de Bienes | Impuesto Estimado |
|---|---|
| $300.000.000 | $0 |
| $400.000.000 | $76.359 |
| $500.000.000 | $735.794 |
| $600.000.000 | $1.735.794 |
| $700.000.000 | $2.735.794 |
Fuente: estimaciones propias en base a IPC octubre 2025 (INDEC).
Están obligados a declarar:
Los adheridos al Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP) —implementado por la Ley 27.743— recordamos que quedan exceptuados de presentar declaraciones juradas, tanto las determinativas como las informativas, y pagar el impuesto correspondiente a los períodos fiscales 2024 a 2027, ambos inclusive.
Por su parte, el monto para estar obligado a presentar la Declaración Jurada Patrimonial Informativa de empleados en relación de dependencia se actualiza en igual proporción (31,3%), elevándose de $150.000.000 a $196.963.134,50 para el período fiscal 2025.