El Gobierno dispuso la reducción a 0% de la alícuota del derecho de exportación para aceites y lubricantes industriales incluidos en determinadas posiciones de la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM). La medida busca mejorar la competitividad, reducir costos marginales y promover mayor valor agregado en las cadenas productivas industriales. Rige desde el día siguiente a su publicación.
El Gobierno nacional oficializó la reducción a 0% del derecho de exportación para una serie de aceites y lubricantes industriales con valor agregado, según el Decreto 811/2025, publicado hoy en el Boletín Oficial. La norma fija una nueva alícuota nula para las posiciones arancelarias detalladas en su Anexo, con el objetivo de fortalecer las exportaciones y mejorar la competitividad del sector.
La medida entra en vigencia al día siguiente de su publicación, de acuerdo a lo indicado en el Boletín Oficial de la República Argentina.
Según los considerandos, el Ejecutivo sostiene que la coyuntura internacional requiere acciones rápidas para sostener y expandir la actividad exportadora. La reducción del derecho de exportación busca atenuar costos marginales, mejorar los precios de exportación y reducir la brecha con competidores globales.
El decreto se apoya en las facultades previstas en el Código Aduanero (Ley 22.415), que autoriza al Poder Ejecutivo a desgravar o modificar tributos sobre exportaciones, siempre que estas medidas contribuyan al desarrollo económico, la producción nacional y el incremento del valor agregado interno.
Además, la norma deja sin efecto la alícuota previa establecida en el artículo 7 del Decreto 488/2020, aplicable a las posiciones ahora alcanzadas por el beneficio.
El Gobierno recordó que esta decisión se enmarca en una política general de reducción o eliminación de tributos que no comprometan el equilibrio fiscal, y sigue la línea del Decreto 305/2025, que fijó en 0% el derecho de exportación para otros productos industriales.
El Decreto 811/2025 también ordena dar intervención a la Comisión Bicameral Permanente, conforme a lo establecido por la Ley 26.122 respecto de decretos delegados.