Las deducciones personales y la escala del Impuesto a las Ganancias se actualizan en enero y julio según el IPC del semestre anterior. Para el primer semestre de 2026, el ajuste proyectado es del 11,73%, con impacto directo en los haberes cobrados desde enero. Estos son los nuevos valores y pisos estimados, junto con el dato adicional de la reforma tributaria que analiza el Gobierno.
GANANCIAS 2026: CÓMO QUEDARÍA EL NUEVO PISO DESDE ENERO SEGÚN LA LEY VIGENTE
La ley del Impuesto a las Ganancias establece una actualización automática semestral que ajusta deducciones y escalas en base a la inflación.
Con un IPC proyectado del 11,73% entre julio y diciembre de 2025, podemos estimar los valores que se aplicarán desde enero 2026.
Los nuevos montos se utilizarán para calcular las retenciones sobre los haberes cobrados en enero, incluso cuando correspondan a salarios devengados en diciembre.
Deducciones personales estimadas para enero–junio 2026
Las deducciones actualizadas para el primer semestre de 2026 serían:
Los siguientes son los pisos salariales estimados desde los cuales los trabajadores comenzarían a tributar el impuesto, siempre considerando una inflación proyectada del 1,5% tanto para noviembre como para diciembre de este año:
Soltero sin hijos
Soltero con 1 hijo
Soltero con 2 hijos
Casado sin hijos
Casado con 1 hijo
Casado con 2 hijos
Estos importes funcionan como referencia general para la retención del primer semestre 2026, aunque la liquidación mensual puede variar según deducciones acumuladas y escalas aplicadas.
¿Qué ocurre con el sueldo de diciembre cobrado en enero?
El Impuesto a las Ganancias se calcula según el mes de pago, no según el mes de devengamiento.
Por lo tanto, el sueldo de diciembre cobrado en enero debe retenerse con las deducciones ya actualizadas a 2026, aun si ARCA publica los valores oficiales días después.
Cuando se liquide el sueldo de enero (que se cobra en febrero), el empleador debe recalcular la retención correspondiente al sueldo de diciembre con las nuevas deducciones.
En las últimas horas circuló una versión publicada por Clarín, donde se mencionaba:
Sin embargo, desde nuestro lugar podemos informar que:
Por lo tanto, se trata únicamente de un rumor periodístico, sin confirmación, alcance jurídico ni aplicación concreta.
Cualquier modificación real deberá formalizarse mediante una norma oficial (ley, decreto o resolución), lo cual no ocurrió al momento de esta nota.