El Poder Ejecutivo Nacional dispuso una serie de modificaciones en la Reglamentación de la Ley del Impuesto a las Ganancias con el objetivo de modernizar y simplificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales vinculadas a operaciones internacionales y a la presentación de declaraciones juradas.
De acuerdo con el Decreto 767/2025, publicado hoy en el Boletín Oficial, los contribuyentes que realicen operaciones de importación o exportación deberán suministrar información a ARCA solo cuando el monto anual de dichas transacciones supere los $500.000.000.
Asimismo, las operaciones con vinculadas del exterior quedarán exceptuadas de presentar declaraciones juradas especiales si no superan los $150.000.000 en conjunto o $15.000.000 en forma individual, lo que reduce significativamente la carga formal sobre empresas con operaciones de menor volumen.
Otro aspecto destacado es la actualización del concepto de “bienes con cotización”, que ahora incluye precios e índices de referencia publicados por mercados nacionales e internacionales o por entidades públicas y privadas especializadas. Además, se crea un registro electrónico obligatorio de contratos de exportación, que deberá realizarse dentro de los 60 días del embarque.
La novedad más relevante del decreto se encuentra en el artículo 8°, que modifica el Decreto 353/2025 para ampliar el alcance del régimen simplificado y opcional de declaración del Impuesto a las Ganancias.
A partir de esta modificación, ARCA podrá autorizar la inclusión de rentas de fuente extranjera dentro de esta modalidad, lo que permitirá a los contribuyentes liquidar el tributo de manera asistida y con menor carga administrativa, utilizando la información que ya posee el organismo junto con la que aporten los propios contribuyentes.
Asimismo, quedarán eximidos de informar la nómina y valor de los bienes que poseían al 31 de diciembre del año por el cual formulan la declaración y del anterior, es decir no estarán obligados a informar el patrimonio al inicio y al cierre y el monto consumido durante el ejercicio fiscal.
La medida busca extender la simplificación tributaria a un universo mayor de personas humanas, en línea con la política oficial de reducción de costos formales y promoción de la regularización voluntaria de actividades.
Según se indica en los considerandos del decreto, el objetivo es adaptar el sistema impositivo a la realidad económica actual, fortalecer la seguridad jurídica y optimizar las herramientas de fiscalización del Estado.
El Decreto 767/2025 entra en vigencia al día siguiente de su publicación y será aplicable a los ejercicios fiscales que cierren a partir de esa fecha.
De esta manera, las nuevas disposiciones impactarán en la determinación del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2025, con implicancias tanto para empresas que operan con el exterior como para personas humanas con rentas internacionales.