Blog del Contador
Lun, 29 de Diciembre de 2025
Última Actualizacion: 11:24 Hs.
Impuestos
Inocencia Fiscal: qué establece la nueva ley aprobada por el Senado y cómo impacta en Ganancias y el Régimen Penal Tributario
El Senado sancionó la ley de Inocencia Fiscal, que redefine delitos tributarios, eleva umbrales penales y crea un régimen simplificado de Ganancias. Claves del nuevo esquema y el debate político que generó.
Por: M.F.
Fecha de publicación: 29/12/2025 09:59 Hs.
Compartí esta nota

En su primera sesión con la nueva composición y tras la aprobación del Presupuesto 2026, la Cámara alta sancionó el proyecto impulsado por el Poder Ejecutivo que propone un cambio estructural en la relación entre el fisco y los contribuyentes, con foco en la presunción de inocencia y la simplificación del cumplimiento tributario.

En su primera sesión con la nueva composición y luego de aprobar el Presupuesto 2026, la Cámara de Senadores convirtió en ley el proyecto de Inocencia Fiscal, una de las iniciativas incluidas en las sesiones extraordinarias de diciembre y el último tema tratado por el Congreso en el año.

La norma fue aprobada con 43 votos afirmativos, provenientes de La Libertad Avanza, la UCR, el PRO y bloques provinciales, mientras que registró 26 votos negativos y ninguna abstención. El rechazo provino principalmente del interbloque justicialista, con algunas ausencias al momento de la votación.

El proyecto introduce una reforma integral del sistema tributario y del Régimen Penal Tributario, con el objetivo de modificar la relación entre el Estado y los contribuyentes, incorporando el principio de presunción de inocencia como eje central del nuevo esquema.

Entre los cambios estructurales, se redefinen los criterios para la configuración de los delitos fiscales, priorizando la persecución penal de los casos de evasión relevante, con la finalidad de concentrar los recursos del Estado en conductas de mayor gravedad y descomprimir el sistema judicial.

La ley habilita la extinción de la acción penal cuando el contribuyente regulariza su situación fiscal y establece límites claros para iniciar o continuar procesos penales cuando las facultades del fisco para determinar la deuda se encuentran prescriptas.

Asimismo, se incorpora una presunción de exactitud de las declaraciones juradas presentadas en tiempo y forma, salvo que existan inconsistencias relevantes, reduciendo la discrecionalidad en los procesos de fiscalización y aportando mayor previsibilidad.

Uno de los ejes centrales es la creación de un Régimen Simplificado de Declaración Jurada, orientado a facilitar el cumplimiento tributario, incentivar la formalización y evitar que la información patrimonial sea utilizada como mecanismo de persecución futura.

En materia de umbrales penales, la ley eleva el monto para considerar delito de evasión simple de $1,5 millones a $100 millones, y para la evasión agravada de $15 millones a $1.000 millones. En el caso de la evasión de la seguridad social, el piso sube de $200 mil a $7 millones, mientras que para el uso de facturas apócrifas el umbral pasa de $1,5 millones a $100 millones.

Respecto del Régimen Simplificado de Ganancias, se fija un tope patrimonial de $10.000 millones para adherir, se elimina la obligación de informar variaciones patrimoniales y no se controlarán los consumos. En ese marco, la ARCA liquidará el impuesto únicamente sobre los ingresos facturados, descontando los consumos declarados, sin analizar el crecimiento patrimonial pudiendo el contribuyente modificar la declaración jurada precargada con sus propios datos de ingresos y deducciones.

La norma también reduce el plazo de prescripción de las obligaciones tributarias de cinco a tres años y dispone que no se iniciarán acciones penales si se cancelan las deudas e intereses, beneficio que podrá utilizarse una sola vez por contribuyente.

La ley de Inocencia Fiscal introduce además una actualización desproporcionada de los montos de las multas tributarias, que deja atrás valores meramente simbólicos y las convierte en sanciones con impacto económico real, especialmente para pymes y pequeños contribuyentes. Las multas mínimas por infracciones formales se elevan de $200 a $220.000, mientras que las máximas pasan de $400 a $440.000, y las sanciones por falta de presentación de declaraciones juradas informativas ahora oscilan entre $5.000.000 y $10.000.000.

También se endurecen las penalidades vinculadas a regímenes de información, en particular en materia de operaciones internacionales y grupos multinacionales, con multas que pueden alcanzar los $22.500.000 o incluso $67.500.000 en el régimen País por País. En términos comparativos, algunas sanciones se multiplican por más de 200 veces respecto de sus valores anteriores, marcando un giro claro hacia un esquema sancionatorio de mayor peso recaudatorio.

Respecto a este tema muy resistido por contadores y tributaristas, el ministro de Economía, Luis Caputo, anunció que el Gobierno avanzará en una modificación reglamentaria respecto de las multas automáticas previstas en el proyecto de Inocencia Fiscal, que ya cuenta con media sanción en la Cámara de Diputados.

Según explicó el funcionario, tras dialogar con el equipo de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero, se definió un esquema que morigerará la aplicación inmediata de sanciones por la falta de presentación de declaraciones juradas en término.

No obstante, si bien el anuncio de una flexibilización en la aplicación de las multas automáticas resulta positivo en el corto plazo, dejar este esquema únicamente sujeto a la reglamentación y al criterio operativo de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero implica un riesgo institucional relevante. La ausencia de una modificación expresa en la ley mantiene abierta la posibilidad de que, ante cambios de gobierno o de orientación en la política fiscal, estos criterios de gradualidad y advertencia previa sean revertidos sin necesidad de debate legislativo.

Durante el debate, el senador Juan Carlos Pagotto defendió la iniciativa al señalar que la actualización de los montos era indispensable frente al impacto de la inflación y que la ley busca poner límites a facultades discrecionales del fisco, facilitando el cumplimiento tributario. Desde la oposición, Martín Soria cuestionó duramente el proyecto y lo calificó de técnicamente deficiente, mientras que otros legisladores advirtieron sobre posibles efectos desproporcionados para pequeños contribuyentes.

El cierre del debate estuvo a cargo de Patricia Bullrich, quien sostuvo que la ley apunta a terminar con un esquema de persecución generalizada y a construir un fisco que acompañe y no castigue, manteniendo la persecución sobre los grandes evasores.


Deja tu comentario:

Copyright (c) 2025 Blog del Contador. Todos los derechos reservados.