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Mediante la RG 5684/2025, ARCA habilita un régimen especial para regularizar deudas del impuesto a las ganancias generadas por la aplicación incorrecta de quebrantos. Se podrá acceder hasta el 31 de julio a través de “Mis Facilidades”, con cuotas mensuales, tasa reducida y un pago a cuenta mínimo del 3%.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó este martes un nuevo régimen de facilidades de pago destinado a contribuyentes y responsables del impuesto a las ganancias que hayan incurrido en errores al computar quebrantos fiscales de ejercicios anteriores.
La medida, contenida en la Resolución General 5684/2025, permite regularizar deudas surgidas de declaraciones juradas rectificadas de períodos no prescriptos, así como de declaraciones (originales o rectificativas) correspondientes a ejercicios cerrados entre diciembre de 2024 y noviembre de 2025, siempre que se hubieran utilizado quebrantos a valores históricos.
Textualmente, el art. 2° de la mencionada resolución general establece que podrán adherir al régimen de facilidades de pago los contribuyentes y responsables del impuesto a las ganancias que no se encuentren excluidos para la adhesión del régimen de pagos permanente y que resulten comprendidos, al momento de la adhesión, en cualquiera de los siguientes supuestos:
a) Haber rectificado las presentaciones de las declaraciones juradas del impuesto a las ganancias correspondientes a períodos fiscales vencidos a la fecha de entrada en vigencia de la presente, con el fin de corregir el cómputo incorrecto de quebrantos de períodos anteriores.
b) Haber presentado la declaración jurada correspondiente al ejercicio comercial cerrado entre diciembre de 2024 y noviembre de 2025 -ambos inclusive- computando los quebrantos a valores históricos, ya sea en original o rectificativa.
El plan de pagos contempla hasta 36 cuotas mensuales, con una tasa de financiación reducida al 50% de la tasa de interés resarcitorio vigente y un anticipo mínimo del 3% de la deuda. El monto mínimo por cuota o anticipo será de $50.000. El plan deberá gestionarse a través del sistema “Mis Facilidades” disponible en el sitio oficial de ARCA.
La adhesión al régimen estará habilitada hasta el 31 de julio de 2025, aunque en los casos vinculados al ejercicio 2024/2025, el plazo se extenderá hasta el mes siguiente al vencimiento de la declaración jurada. Se aclara que cada período fiscal podrá regularizarse una única vez y que, en caso de caducidad por falta de pago, no se permitirá volver a adherir por el mismo período.
ARCA aclara que no se condonarán intereses ni sanciones y que el régimen no podrá ser rectificado una vez presentada la solicitud. La normativa ya se encuentra vigente y será operativa a través del sistema informático “Mis Facilidades” en la fecha que se indique en el micrositio oficial.
Con esta medida, ARCA busca facilitar el cumplimiento voluntario y corregir prácticas erróneas en el tratamiento de quebrantos que afectan la correcta determinación del impuesto.