Resolución 1/17 CNEPSMVM: Se Convoca a Reunión para Determinar el Salario Mínimo Vital y Móvil

Convócase a los integrantes del CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL, a reunirse en sesión plenaria ordinaria el día 27 de junio de 2017, a las DIECISÉIS (16) horas, en la sede del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIAD SOCIAL, Av. Leandro N. Alem N° 650, piso 18, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.


[spoiler title=’RESUMEN’ style=’blue’ collapse_link=’true’]

Síntesis: Convócase a los integrantes del CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL, a reunirse en sesión plenaria ordinaria el día 27 de junio de 2017, a las DIECISÉIS (16) horas, en la sede del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIAD SOCIAL, Av. Leandro N. Alem N° 650, piso 18, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Estado de la Norma: Vigente

B.O. 05/06/2017

Vigencia y Aplicación: 05/06/2017 (no definido en la norma)

Complementa a:

  • Ley N° 24013
  • Resolución N° 617/04 MTEySS

[/spoiler]

Buenos Aires, 01/06/2017

[spoiler title=’VISTO’ style=’blue’ collapse_link=’true’]

El EX-2017-09802556.-APN-DGRGAD#MT, la Ley Nº 24.013 y sus modificatorias, los Decretos Nros. 2725 del 26 de diciembre de 1991, 1095 del 25 de agosto de 2004 y su modificatorio 602 del 19 de abril de 2016, y la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 617 del 2 de septiembre de 2004, y[/spoiler]

[spoiler title=’CONSIDERANDO:’ style=’blue’ collapse_link=’true’]

Que mediante la Ley N° 24.013 y sus modificatorias se creó el CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL.

Que a través de los Decretos Nros. 2725/91 y 1095/04 y su modificatorio 602/16, se regularon distintos aspectos operativos del mencionado órgano.

Que por Decreto N° 602/16 se designó al suscripto en carácter de Presidente de dicho Consejo.

Que de acuerdo a lo previsto en el artículo 1° del Reglamento de Funcionamiento del CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL, aprobado por Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 617/04, corresponde al titular del cuerpo disponer la convocatoria a las sesiones plenarias.

Que en ese orden, conforme lo normado por el artículo 2° del mencionado Reglamento, constituye una facultad del Presidente del Consejo la fijación del Orden del Día de las sesiones plenarias ordinarias y de las extraordinarias convocadas de oficio.

Que en consecuencia, resulta pertinente decidir la convocatoria a sesión plenaria ordinaria del órgano así como disponer la convocatoria a reuniones de las comisiones establecidas oportunamente, fijando los temarios respectivos.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 1° del Decreto N° 602/16 y el Reglamento de Funcionamiento del CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL, aprobado por Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 617/04.[/spoiler]

Por ello,

EL PRESIDENTE

DEL CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO,

LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Convócase a los integrantes del CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL, a reunirse en sesión plenaria ordinaria el día 27 de junio de 2017, a las DIECISÉIS (16) horas, en la sede del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIAD SOCIAL, Av. Leandro N. Alem N° 650, piso 18, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

ARTÍCULO 2°.- Fíjase como Orden del Día de la sesión mencionada en el artículo anterior, el siguiente:

1) Designación de DOS (2) Consejeros presentes de cada sector para la suscripción del acta.

2) Consideración de los temas elevados al plenario por la COMISIÓN DEL SALARIO, MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL Y PRESTACIONES POR DESEMPLEO.

3) Consideración de los temas elevados al plenario por la COMISIÓN DE EMPLEO.

4) Consideración de los temas elevados al plenario por la COMISIÓN DE FORMACIÓN PROFESIONAL.

5) Consideración de los temas elevados al plenario por la COMISIÓN DE PRODUCTIVIDAD.

6) Consideración de los temas elevados al plenario por la COMISIÓN PARA EL FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL.

ARTÍCULO 3°.- Convócase a los integrantes de las Comisiones aludidas en el artículo anterior a reunirse en sus respectivas sesiones el día 27 de junio de 2017, a las DIEZ (10) horas, en la sede del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, Av. Leandro N. Alem N° 650, piso 18, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, desde donde se dirigirán a los recintos asignados al efecto para tratar lo siguiente:

COMISIÓN DEL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL Y PRESTACIONES POR DESEMPLEO – ORDEN DEL DÍA

1) Determinación del Salario Mínimo, Vital y Móvil. (artículo 135, inciso a), de la Ley N° 24.013 y sus modificatorias).

2) Determinación de los montos mínimo y máximo de la prestación por desempleo (artículo 135, inciso b), de la Ley N° 24.013 y sus modificatorias).

COMISIÓN DE EMPLEO – ORDEN DEL DÍA

1) Agenda de trabajo de la Comisión. Informe al Plenario.

COMISIÓN DE FORMACIÓN PROFESIONAL – ORDEN DEL DÍA

1) Agenda de trabajo de la Comisión. Informe al Plenario.

COMISIÓN DE PRODUCTIVIDAD – ORDEN DEL DÍA

1) Agenda de trabajo de la Comisión. Informe al Plenario.

COMISIÓN PARA EL FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA DE SEGURIAD SOCIAL – ORDEN DEL DÍA

1) Agenda de trabajo de la Comisión. Informe al Plenario.

ARTÍCULO 4°.- Registrar, comunicar, publicar y archivar. — Jorge Triaca.

Fecha de publicación: 05/06/2017

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Salir de la versión móvil
×