Resolución General 4016 AFIP. Régimen de Sinceramiento Fiscal: Se Establece como Plazo Adicional Opcional Hasta el 17 de Abril Unicamente para la Presentación de Documentación.
Conceder un plazo adicional para completar la presentación de la documentación pertinente, en la medida en que se haya cumplido en tiempo y forma con la obligación material de oblar el impuesto especial respectivo o haber optado por alguna de las alternativas disponibles.