AFIP extiende suspensión de ejecuciones fiscales y embargos a PyMEs y actividades críticas

rg 4712 afip, valuaciones bienes personales 2019, rg 4699 afip, rg 4694 afip, tasas de interes afip desde abril 2020, prorroga de vencimientos, rg 4685 afipAFIP prorroga los vencimientos de mayo de Ganancias y amplía los planes permanentesAlivio para empresas: se oficializó la prórroga en Ganancias y la quita de restricciones en planes de pagoGanancias F.1357: Nuevo manual y nueva planilla excel para generar liquidaciones anuales 2019 e informativas y finales 2020, Resolución General (AFIP) 4739: Impuesto a las GananciasAFIP extiende el plazo para que los fideicomisos presenten sus declaraciones juradas informativas anuales, AFIP volvió a prorrogar la utilización obligatoria del SIRE IVA

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) suspende hasta el 31 de marzo de 2021, inclusive, la iniciación de los juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares.


La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) suspende hasta el 31 de marzo de 2021, inclusive, la iniciación de los juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares.

La extensión de los beneficios alcanza exclusivamente a las micro y pequeñas empresas, así como a aquellos contribuyentes que desarrollan actividades afectadas en forma crítica.

La Resolución General N°4936, que será publicada el próximo lunes en el Boletín Oficial, apunta a morigerar los efectos económicos de la pandemia sobre contribuyentes de todo el país.

Asimismo, la AFIP iniciará las acciones necesarias para recaudar los ingresos tributarios adeudados por aquellos sectores económicos que en la actualidad no se encuentran afectados en forma crítica.

Con el objetivo de no afectar la actividad de quienes registran deudas y acompañar la reactivación, la normativa limita el alcance de las medidas cautelares a adoptar en las ejecuciones fiscales que se promoverán desde el 1 de marzo.

Para ello, la resolución suspende hasta fines de marzo la traba de embargos para todos los contribuyentes sobre fondos y/o valores de cualquier naturaleza, depositados en entidades financieras o sobre cuentas a cobrar. 

Podrán solicitarse al juez competente medidas que, sin embargo, no serán trabadas por el representante del fisco hasta que haya finalizado el plazo previsto para las medidas de alivio.

Fuente: Prensa AFIP

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Salir de la versión móvil
×