Decreto 222/19 ✔ Impuesto al Valor Agregado. Locatarios y/o Prestatarios de Sujetos Residentes en el Exterior. Obligación de Actuar como Responsables Sustitutos. Adecuaciones.
Se agregan como exceptuados de actuar como responsables sustitutos del impuesto al valor agregado en el marco de lo establecido por el inciso h) del artículo 4° de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (locatarios y/o prestatarios de sujetos residentes o domiciliados en el exterior) a los sujetos que realicen operaciones de espectáculos de carácter teatral comprendidos en la Ley Nº 24.800 y la contraprestación exigida para el ingreso a conciertos o recitales musicales cuando la misma corresponda exclusivamente al acceso a dicho evento.