Informativas de Ganancias y Bienes Personales: oficializan prórroga y aumento del piso para quedar obligado a presentar

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) oficializó hoy la nueva prórroga para la presentación de las declaraciones juradas informativas de ganancias y bienes personales del período fiscal 2019.


Informativas de Ganancias y Bienes Personales: oficializan prórroga y aumento del piso para quedar obligado a presentar

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) oficializó hoy la nueva prórroga para la presentación de las declaraciones juradas informativas de ganancias y bienes personales del período fiscal 2019.

A través de la Resolución General 4767 publicada hoy en el Boletín Oficial, se establece que la presentación de las declaraciones juradas informativas podrá efectuarse –con carácter de excepción- hasta el 31 de agosto de 2020, inclusive.

Recordamos que previamente, mediante la Resolución General 4721 se había extendido el plazo original del 30 de junio al 31 de julio del corriente.

Asimismo, la norma publicada hoy, dispone que los empleados en relación de dependencia y jubilados y/o pensionados deberán presentar sus declaraciones juradas informativas de Ganancias y Bienes Personales siempre que hayan obtenido rentas por un monto igual o superior a $2.000.000.- –sean éstas gravadas, exentas y/o no alcanzadas-, durante el año fiscal 2019. 

Hasta antes de esta modificación, el tope de ingresos era de $ 1.500.000.-

Los empleados y/o jubilados que superen entonces los $2.000.000.- de ingresos brutos anuales durante 2019 deberán presentar:

a) El detalle de sus bienes al 31 de diciembre de cada año, valuados conforme a las normas del impuesto sobre los bienes personales que resulten aplicables a esa fecha.

b) El total de ingresos, gastos, deducciones admitidas y retenciones sufridas, entre otros, de acuerdo con lo previsto en la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones.

Señalamos asimismo que se modifica el piso a partir del cual los empleadores están obligados a presentar la liquidación anual de sus empleados mediante el formulario 1357, el cual también se eleva a $2.000.000.-

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