Decreto 194/2023: Programa de incremento exportador
Se restablece, de manera extraordinaria y transitoria, el Programa de incremento exportador y se amplía a actividades económicas regionales.
Se restablece, de manera extraordinaria y transitoria, el Programa de incremento exportador y se amplía a actividades económicas regionales.
Se establece un tratamiento diferenciado en el trámite de transformación y un procedimiento optativo especial de intervención y rúbrica de libros.
Se adecua la definición de “Beneficiario Final” contenida en la RG 4697 mediante la cual se estableció un régimen de información anual a cargo de los sujetos definidos en su artículo 1°.
Se adecua la definición de “Beneficiario Final” del Régimen de Información de Fideicomisos a los efectos de optimizar la acción fiscalizadora del Organismo.
Se extiende el plazo a fin de que los contribuyentes y/o responsables que aún no hayan validado sus datos biométricos, procedan a cumplir con dicha obligación de conformidad con el cronograma de aplicación progresiva que se establece por la presente.
Se suspende hasta el 31 de diciembre de 2023 la vigencia de los certificados de exclusión de percepciones de Ganancias e IVA por operaciones de importación.
Se establece una gradualidad en la obligación de utilizar el Sistema Integral de Recupero (SIR) dadas las particularidades propias del régimen a incorporar y la complejidad de la reingeniería del procedimiento aplicable.
Se unifica un solo plexo normativo mediante el cual se establecen las características aplicables para la categorización de las empresas como Micro, Pequeñas o Medianas, y la creación del Registro de Empresas MiPyMEs.
Fíjase el Salario Mínimo, Vital y Móvil, para todos los trabajadores comprendidos en el Régimen de Contrato de Trabajo Ley N° 20.744.
Se implementa el “Registro Fiscal de Actividades Mineras”, compuesto por tres secciones: “Empresas Mineras”, “Proveedores de Empresas Mineras” y “Titulares de Permisos de Exploración o Cateo”
Se crea el Plan de pago de deuda previsional que tendrá como objeto el ingreso de aportes previsionales por parte de personas físicas para el acceso a las prestaciones previsionales, en las condiciones que se establecen por la presente ley.
Se rectifica el Inc. a) del artículo 1º de la Resolución General I.G.J. Nº 3/2023 del 3 de marzo de 2023, debido a un error material involuntario.
Se convoca a los integrantes del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, a reunirse en sesión el día 21 de marzo de 2023, al efecto de tratar la determinación del Salario Mínimo, Vital y Móvil.
Se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2023 un tratamiento diferencial para los empleadores pertenecientes al sector de la salud, en los términos que se establecen en la presente medida.
Se aprueba el “Protocolo de prevención, abordaje e intervención ante situaciones de violencia por motivos de género en el ámbito de la Administración Federal de Ingresos Públicos”.