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Impuestos
Resolución General 5700/2025
ARCA eleva a $10 millones el límite para identificar al consumidor final en comprobantes
ARCA dispuso elevar el importe a $10.000.000 a partir del cual corresponde identificar al consumidor final en los comprobantes emitidos, actualizando los regímenes de factura electrónica y controladores fiscales. Además, se flexibiliza el uso del “Facturador” y se introducen nuevos límites para monotributistas sociales.
Por: Marcos Felice
Fecha de publicación: 27/05/2025 08:34 Hs.
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La Resolución General 5700/2025 eleva a $10 millones el importe para identificar al consumidor final

La Resolución General (ARCA) 5700/2025 eleva a $10 millones el umbral para la identificación del consumidor final en comprobantes emitidos bajo los regímenes de factura electrónica y controladores fiscales. También se incrementa a $500.000 el monto máximo para usar el “Facturador” simplificado, mientras que los monotributistas sociales podrán usarlo hasta $250.000. Las disposiciones entran en vigencia el 29 de mayo de 2025.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó la Resolución General 5700/2025, por la cual eleva a $10 millones el importe a partir del cual será obligatorio identificar al consumidor final en los comprobantes emitidos bajo los regímenes de factura electrónica y controladores fiscales

En el caso de tratarse de controladores fiscales de nueva tecnología, los comprobantes clase “A” sólo podrán emitirse cuando se trate de operaciones cuyo importe neto gravado sea mayor a $ 10.000.000.-

La resolución deroga y modifica parcialmente la normativa vigente desde enero de 2025, adaptando los requisitos a los nuevos montos. Este cambio tiene como objetivo simplificar y desburocratizar el proceso de facturación, en línea con las políticas establecidas por el Decreto 353/2025.

En este caso, cuando los comprobantes superen dicho importe, deberán detallar nombre, apellido, domicilio y número de identificación del consumidor (CUIT, CUIL, CDI, documento de identidad, pasaporte o cédula de identidad).

En este sentido, recordamos que mediante el mencionado decreto, el Poder Ejecutivo le encomendó a ARCA revisar y actualizar toda su normativa en materia de regímenes de información, fiscalización y control.

La medida apunta a eliminar formalidades innecesarias, priorizar la eficiencia en la recolección de datos y centrar los esfuerzos de control en sectores de alta capacidad contributiva. Esto permitirá que los pequeños contribuyentes y las personas físicas no queden sometidos al mismo nivel de exigencia que grandes empresas o grupos económicos.

Bajo esta premisa, ARCA deberá también adaptar su estructura normativa a un entorno digital, en el que gran parte de la información ya se encuentra registrada y puede ser integrada de forma automática. El objetivo es que el organismo utilice tecnología y cruce de datos para obtener la información que necesita, reduciendo así la carga sobre ciudadanos y empresas.

Hasta esta actualización, la información del consumidor debía consignarse en los comprobantes por un valor igual o superior a $417.288, si el pago se realizaba por medios electrónicos, o de $208.644 para otras modalidades de pago. Cabe aclarar que la nueva normativa no distingue entre pagos en efectivo y pagos electrónicos.

También se deja sin efecto la actualización por semestre calendario (enero y julio de cada año) tomando el Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC), conforme a los valores publicados en su página oficial por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).

La resolución también modifica el régimen de uso del “Facturador” para monotributistas y pequeños contribuyentes, elevando el importe máximo permitido a $500.000 por operación. Para los monotributistas sociales, el uso del “Facturador” estará limitado a operaciones de hasta $250.000.

Además, se eliminan las restricciones previas para el uso del “Facturador” en operaciones de menor importe y se aclara que los datos del consumidor final podrán completarse con la leyenda “NR” (No Requerido) o con ceros, cuando el sistema de facturación así lo demande.

Las nuevas disposiciones entrarán en vigencia el 29 de mayo de 2025, con el objetivo de mejorar la eficiencia y calidad en la emisión de comprobantes, reduciendo la carga administrativa tanto para contribuyentes como para el propio organismo fiscal.

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