ARCA explicó cómo proceder ante la falta de opciones para agropecuarios, reintegros, TurIVA, operaciones exentas, comprobantes no importados, ITC y errores en saldos negativos. También confirmó la solución a problemas detectados en períodos anteriores.
En el marco del espacio de diálogo con federaciones profesionales, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dio respuesta a varias consultas sobre inconvenientes en la implementación del régimen IVA Simple, que reemplaza el esquema tradicional de liquidación del impuesto.
Ante la consulta sobre los contribuyentes agropecuarios anuales que presentaban el F. 810, ARCA explicó que la liquidación se realiza como la de un contribuyente no agropecuario, ya que el sistema reconoce automáticamente la caracterización “IVA anual agropecuario” (código 17) desde el Sistema Registral, habilitando la generación del VEP con las ICS 30-450-450.
Respecto al reintegro agropecuario, se indicó que en la sección «Datos Iniciales» se debe seleccionar la opción «Régimen de Reintegro de Retenciones Agropecuarias», ubicada bajo el título Regímenes Especiales. Esto habilita los campos correspondientes en la tarjeta “Exportaciones, operaciones exentas y regímenes especiales”.
En relación al régimen TurIVA, la opción debe marcarse en la pantalla de Datos Iniciales, dentro del módulo “Registración Electrónica de Operaciones”, habilitando una pestaña específica llamada “TurIVA” en los Libros IVA Ventas y Compras.
Sobre la imposibilidad de informar operaciones exentas, ARCA señaló que estas deben cargarse directamente en el módulo “Registración Electrónica de Operaciones”.
Asimismo, para los casos en que no se importen correctamente comprobantes al Libro IVA Digital de contribuyentes IVA Exento, la recomendación oficial es enviar los datos del contribuyente y capturas de pantalla para analizar el inconveniente.
En cuanto al ITC, ARCA aclaró que debe seleccionarse la opción “Otros pagos a cuenta además de retenciones y percepciones” en la sección “Saldos a favor y pagos a cuenta” de Datos Iniciales, salvo en casos de transporte internacional.
Otro problema detectado fue el arrastre incorrecto de saldos negativos entre períodos, particularmente del período 04 al 06. ARCA confirmó que este inconveniente ya fue solucionado y recomendó volver a intentar la operación.
Finalmente, ante la falta de visualización de devoluciones mensuales, se aclaró que deben ingresarse manualmente en la tarjeta “Administración de Saldos”, en el campo “Devoluciones y transferencias”.
Respuesta: la liquidación se realiza como la de un contribuyente no agropecuario. El sistema reconoce automáticamente la caracterización “IVA anual agropecuario” (código 17) desde el Sistema Registral, lo que permite la generación del VEP con las ICS 30-450-450.
Respuesta: en la sección «Datos Iniciales», debe seleccionarse la opción «Régimen de Reintegro de Retenciones Agropecuarias», bajo el título Regímenes Especiales. Esto habilita los campos correspondientes en la tarjeta “Exportaciones, operaciones exentas y regímenes especiales”.
Respuesta: la opción debe marcarse en la pantalla de Datos Iniciales, dentro del módulo “Registración Electrónica de Operaciones”. Esto habilita una pestaña específica llamada “TurIVA” tanto en el Libro IVA Ventas como en el Libro IVA Compras.
Respuesta: las operaciones exentas deben cargarse en el módulo “Registración Electrónica de Operaciones”.
Respuesta: se solicita enviar datos del contribuyente y capturas de pantalla para poder analizar el inconveniente.
Respuesta: debe seleccionarse la opción “Otros pagos a cuenta además de retenciones y percepciones” en la sección “Saldos a favor y pagos a cuenta” dentro de Datos Iniciales.
Respuesta: el inconveniente ya fue solucionado. Se recomienda volver a intentar la operación.
Respuesta: las devoluciones deben ingresarse manualmente en la tarjeta “Administración de Saldos”, campo “Devoluciones y transferencias”.