La Resolución 313/2025 aprueba un reglamento único que centraliza los requisitos de seguridad y calidad para productos como juguetes, encendedores, anteojos para sol y muebles, reemplazando normas anteriores y aceptando certificaciones internacionales. El cambio reduce más de 12 mil trámites burocráticos por año y evita repetir controles ya realizados, digitalizando la gestión y adaptando estándares a las prácticas más modernas.
El Gobierno Nacional puso en marcha una reforma que unifica y actualiza los criterios de seguridad y calidad para productos de consumo, mediante la aprobación de un reglamento técnico integral que reemplaza normas dictadas en distintos períodos y que en algunos casos tenían más de dos décadas de antigüedad.
La medida, adoptada por la Resolución (SIyC) 313/2025 y vigente desde el 14 de agosto de 2025, alcanza a productos como encendedores, bicicletas de uso infantil, juguetes, anteojos para sol, tableros derivados de madera de fibras y de partículas, y muebles fabricados con esos tableros. Todos deberán cumplir con requisitos esenciales que garanticen la seguridad en condiciones normales o previsibles de uso y la calidad conforme a estándares internacionales.
Una de las principales innovaciones es la posibilidad de presentar ensayos y certificaciones emitidas por organismos técnicos acreditados, tanto nacionales como extranjeros, siempre que estén reconocidos por el Organismo Argentino de Acreditación o por entidades equivalentes incluidas en acuerdos multilaterales. Esto elimina la necesidad de duplicar pruebas y controles que ya se hayan realizado en el exterior, reduciendo costos y tiempos tanto para el sector privado como para la administración pública.
La actualización normativa incorpora referencias a normas ISO, EN (europeas), ASTM y también a las IRAM y NM (MERCOSUR), ampliando el espectro técnico aplicable y armonizando la legislación argentina con las prácticas internacionales más recientes. Esta alineación permitirá no solo optimizar la protección de la salud y la seguridad de los consumidores, sino también facilitar el comercio interno y las exportaciones.
El reglamento establece que fabricantes e importadores deberán garantizar el cumplimiento de los requisitos de seguridad y calidad a través de una Declaración Jurada de Conformidad, respaldada por el procedimiento de evaluación previsto en el Anexo III de la norma. Este proceso incluye la verificación del cumplimiento técnico del producto y la emisión de certificados válidos, con posibilidad de utilizar documentación expedida por organismos del exterior reconocidos oficialmente.
Distribuidores y comercializadores, mayoristas o minoristas, deberán conservar y exhibir —en formato físico o digital— la copia de la declaración jurada correspondiente cuando la autoridad de control lo requiera.
Todos los trámites relacionados se gestionarán a través de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD), garantizando una operatoria centralizada y digital. Los certificados emitidos bajo las normas ahora derogadas mantendrán su validez por un período de doce meses desde la entrada en vigencia de la nueva resolución, tiempo durante el cual los actores alcanzados deberán adaptar sus procesos y documentación a las exigencias vigentes.
Las infracciones a este reglamento serán sancionadas conforme a la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor y al Decreto 274/2019, además de otras responsabilidades administrativas, civiles o penales que correspondan.
Con esta reforma, el Ministerio de Economía proyecta la eliminación de más de 12 mil trámites burocráticos anuales, una reducción significativa de costos operativos y la mejora en la competitividad del mercado, fomentando la disponibilidad de productos seguros y de calidad para el consumidor argentino.