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Laboral y Previsión Social
SMATA: sube al 4% la contribución solidaria para no afiliados y se suma al aumento de la cuota sindical
Desde septiembre 2025, los trabajadores no afiliados a SMATA deberán pagar una contribución solidaria del 4%. Además, desde julio rige el aumento de la cuota sindical al 5% para los afiliados activos.
Por: M.F.
Fecha de publicación: 04/09/2025 15:53 Hs.
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Las resoluciones homologadas por el Ministerio de Capital Humano establecen nuevos porcentajes de aporte sindical y solidario que deberán retener los empleadores de trabajadores comprendidos en el CCT del sector automotor.

La Disposición DI-2025-2015 fijó una contribución solidaria del 4% para los trabajadores encuadrados en el convenio colectivo de SMATA que no estén afiliados al sindicato, aplicable desde septiembre 2025 hasta mayo 2027. Esta medida se complementa con la Disposición 12/2025, que elevó la cuota sindical al 5% para afiliados activos desde julio de 2025.

SMATA: así impacta el aumento de la contribución solidaria del 4% y la nueva cuota sindical

El Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor (SMATA) concretó un importante aumento en la contribución solidaria que deberán abonar los trabajadores comprendidos en su convenio colectivo que no se encuentren afiliados al gremio.

De acuerdo con la Disposición DI-2025-2015, homologada el 28 de agosto de 2025 por el Ministerio de Capital Humano, se estableció que, a partir del 1° de septiembre de 2025 y hasta el 31 de mayo de 2027, los empleadores deberán retener un aporte mensual equivalente al 4% de la remuneración de cada trabajador no afiliado.

Estos fondos, en concepto de contribución solidaria, deberán ser depositados mediante las boletas emitidas por la página web del sindicato, siguiendo los mismos plazos ya utilizados para otros aportes.

Desde el gremio remarcaron que este mecanismo es clave para sostener los servicios, beneficios sociales y programas de capacitación que se extienden a todos los trabajadores de la actividad, más allá de su condición de afiliados.

En paralelo, también se encuentra vigente el aumento en la cuota sindical de los afiliados. Según la Disposición 12/2025, desde julio los afiliados activos aportan el 5% de su salario bruto, mientras que los afiliados vitalicios contribuyen con un 3%, y los afiliados adherentes y vitalicios jubilados con el 3% y 1% de sus ingresos previsionales, respectivamente.

Con este esquema, tanto los trabajadores afiliados como los no afiliados realizan aportes obligatorios, consolidando un mayor caudal de recursos para el sindicato, que argumenta la necesidad de fortalecer sus finanzas en un contexto económico complejo.

El Ministerio de Capital Humano homologó ambos acuerdos, por lo que las empresas del sector automotor actúan como agentes de retención y tienen la obligación de aplicar los descuentos de manera inmediata.

En conjunto, estas medidas representan un incremento considerable en los aportes obligatorios de los trabajadores de la actividad, ya sea bajo el concepto de cuota sindical o de contribución solidaria.

 


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