El Banco Central de la República Argentina (BCRA) anunció la reinstauración del cepo cruzado que prohíbe a quienes accedan al mercado oficial de cambios participar en operaciones de dólares financieros.
Según la Comunicación “A” 8336, publicada este 26 de septiembre de 2025, los clientes deberán firmar una declaración jurada comprometiéndose a no comprar títulos valores con liquidación en moneda extranjera —como MEP o contado con liquidación (CCL)— durante los 90 días corridos posteriores a la adquisición de divisas en el mercado oficial.
De esta manera, quienes compren dólar ahorro o accedan al MULC (Mercado Único y Libre de Cambios) quedarán impedidos de operar en el mercado bursátil de bonos, y viceversa.
La medida supone un retroceso parcial respecto al levantamiento del cepo anunciado en abril, cuando la restricción había sido eliminada para las personas humanas, aunque mantenida para las personas jurídicas.
En los últimos días, el BCRA ya había reimplantado este mismo límite para directivos y empleados de bancos, y ahora lo extiende a todos los compradores de divisas.
El objetivo, según señalaron fuentes oficiales a Noticias Argentinas, es limitar la operatoria especulativa en dólares, fortalecer las reservas internacionales y garantizar que el Tesoro Nacional pueda cumplir con los pagos de deuda.
La estrategia forma parte de las condiciones acordadas con el Fondo Monetario Internacional (FMI), que exige a la Argentina mayores niveles de acumulación de divisas como parte del programa vigente con el gobierno de Estados Unidos.