El salario mínimo vital y móvil sube en forma escalonada de noviembre 2025 a agosto 2026, pasando de $322.000 a $376.600 mensuales. La medida alcanza a trabajadores del régimen general, agrario y del Estado nacional. También se mantienen los parámetros de la prestación por desempleo.
El Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil resolvió mediante laudo un incremento progresivo del salario mínimo vital y móvil (SMVM), que regirá entre noviembre 2025 y agosto 2026.
La norma fue oficializada mediante la Resolución 9/2025 del Consejo del Salario, publicada en el Boletín Oficial del 3 de diciembre de 2025.
El nuevo esquema establece aumentos mensuales para los trabajadores mensualizados que cumplen una jornada legal completa, partiendo de $328.400 en noviembre de 2025 hasta alcanzar $376.600 en agosto de 2026. El incremento total representa una suba del 17% sobre los $322.000 que regían hasta octubre.
Los nuevos valores también alcanzan a trabajadores jornalizados, con subas desde $1.642 por hora en noviembre hasta $1.883 por hora en agosto.
Esta actualización aplica a trabajadores del régimen general, el régimen de trabajo agrario y empleados del sector público nacional. La decisión fue adoptada ante la falta de consenso entre las partes representadas en el Consejo, lo que activó el mecanismo de resolución por laudo conforme a la Ley 24.013.
El salario mínimo, que era de $322.000 desde octubre de 2025, se incrementará de forma escalonada hasta alcanzar los $376.600 en agosto de 2026, lo que representa un aumento acumulado del 17%. Los aumentos mes a mes son los siguientes:
En paralelo, se mantuvo la fórmula vigente para la prestación por desempleo, que será equivalente al 75% del mejor sueldo neto percibido por el trabajador en los seis meses previos al despido. Este beneficio no podrá ser inferior al 50% ni superior al 100% del SMVM vigente al momento del otorgamiento.